BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 19/10/22
Dr. José A. López Iriarte, Vocal Pte. De trámite de la Sala I de la Cámara Civil y Comercial VOC. II de la Provincia de Jujuy en el Expte. Nº C-173131/2021 caratulado: LIMSA LIMPIEZA URBANA S.A. c/ ARABE JUSTINIANO ELIAS VARON”, hace saber a los eventuales titulares de dominio que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 23 de marzo de 2021.- 1) Téngase por presentado el Dr. Diego Eduardo CHACON en representación de la razón social LIMSA LIMPIEZA URBANA S.A. a mérito de la representación que invoca y acredita con poder general para juicios de fojas 2/4, por denunciado el domicilio social y por constituido el procesal. Por acreditado la reposición de aportes respecto a su presentación y al monto de la pretensión reclamada. 2) En consecuencia, de la demanda por COBRO DE SUMAS DE DINERO/PESOS incoada en contra del Sr. Justiniano Elías Varón ARABE córrase traslado en el domicilio denunciado a fojas 35, para que la conteste en el plazo de Quince Días (15), bajo apercibimiento de tenerla por contestado en los términos del art. 298 del C.P.C. e intímaselo a constituir domicilio legal, denunciar correo electrónico, dentro del radio de los tres Km. de asiento del Tribunal, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo, Ministerio legis. (Arts. 254 y 154 del CPC). 3) Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José Alejandro López Iriarte- Juez Ante mí: Dr. Ignacio José Guesalaga -Secretario-. San Salvador de Jujuy, 07 de julio de 2022. 1) Atento constancias de autos, de las que surge que se agotaron las medidas tendientes a la individualización del domicilio del accionado Sr. ARABE, JUSTINIANO ELIAS VARON, realizados por la parte actora y por la Defensora Oficial Civil del MPDC Dra. Silvia MAURIN, proveyendo al escrito digital Nº 287337 presentado por la Defensoría Civil y Ausentes Nº 2- Civil con fecha de cargo el día 30 de junio de 2022: téngase por agotadas las gestiones a los fines del Art. 196 del C.P.C. por parte de la Dra. Silvia Maurin, en consecuencia, agréguese oficio diligenciado por la Policía de la Provincia de Jujuy, habiéndose notificado de la citación el sobrino del demandado, conforme archivo digital agregado. Atento lo dispuesto en el presente y lo manifestado por parte de la Poder Judicial de la Provincia de Jujuy Cámara en lo Civil y Comercial- Sala I- Vocalía 2 Argañaraz Esq. Independencia – San Salvador de Jujuy Dra. Maurin a los efectos de continuar con la causa, ordénase la publicación de edictos a los fines de notificar el traslado de demanda y la efectivización del apercibimiento dispuesto en autos, quedando los mismos a cargo de la parte actora debiendo adjuntar diligencias colaborativas. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José A. López Iriarte -juez- Ante mí: Dr. Ignacio Guesalaga -Secretario-. Notifíquese por publicación de edictos 3 veces en 5 días.-
17/19/21 OCT. LIQ. Nº 30146 $1.350,00.-