BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 14/10/22

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN.-

ORDENANZA Nº 833/CD/2.022.-

CIUDAD DE EL CARMEN, 15 SEPT. 2.022.-

VISTO:

La Ordenanza “Código Tributario Municipal” Nº 391/CD/02, el Articulo Nº 119 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante y la Ley Orgánica de los Municipios Nº 4.466, y

CONSIDERANDO:

Que, el último sorteo realizado de 118 Lotes Fiscales en nuestra ciudad el 29 de Diciembre de 2.020 con su posterior entrega el día 30 de Noviembre del año 2021 por parte del Gobierno de la Provincia de Jujuy, mediante la Secretaria de Ordenamiento Territorial Tierra y Vivienda.

Que, este beneficio para los vecinos de nuestra ciudad implica también una serie de trámites inherentes para su posterior arraigo.

Que, en tal sentido  desde las empresas prestatarias de servicios básicos como la luz  y agua tienen como requisito principal la constancia del pago de Tributos Municipales (alumbrado, barrido y limpieza) desde el día de la entrega de los mismos hasta la fecha.

Que, esto conlleva un gasto importante para los vecinos que en muchos casos son difíciles de afrontar, debido a la difícil situación económica y el esfuerzo que lleva obtener los materiales para la construcción  de la  casa propia.

Que, factibilidad de tal pedido viene a los antecedentes encontrados en Ordenanzas anteriores,  posteriormente derogados por la Ordenanza Nº 622/CD/13.

Que, el Cuerpo Deliberativo vería con agrado que en forma excepcional se exima del pago de los impuestos municipales por única vez a los vecinos del nuevo Loteo Finca Nación.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 833 /CD/2.022.-

ARTICULO  1º: Ordénese al Departamento Ejecutivo eximir del pago de tributos municipales (alumbrado, barrido, limpieza y extracción de residuos) en forma excepcional por única  vez  a los vecinos de los 118 lotes ubicados en Finca Nación entregados, el 30 de noviembre de 2021.

ARTICULO 2º: Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente ordenanza, serán incluidas en las partidas que figuren en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al presupuesto 2023.

ARTICULO 3º: Previa toma de razón pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y efectos. Registre, Cumplido, Archívese.

 

Dra. Gabriela F. Vega

Presidente