BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 14/10/22

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO N° 3015-G/2022.-

CIUDAD PERICO, 03 OCT. 2022.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 1.585/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 29/09/2022;

CONSIDERANDO:

Que, el Honorable Concejo Deliberante de Perico ha procedido a sancionar la Ordenanza N° 1.585/2022, mediante la cual autoriza al Ejecutivo Municipal la IMPOSICION DE NOMBRE AL BARRIO “VIRGEN DEL LUJAN” Y NOMINACION DE ARTERIAS, AL NUCLEO URBANO CONOCIDO COMO LA NUEVA CIUDAD, COLINDANTE CON LA COSTANERA.-

Que, los vecinos de dicho sector, necesitan una debida identificación de los domicilios, para la realización de trámites, recepción de encomiendas entre otros.

Que, en función a lo establecido en el Art. 54 Inc. 11 de la Carta Orgánica  Municipal del Consejo Deliberante”…Nominar avenidas, calles, plazas, parques, paseos, puentes, pasajes públicos en general y barrios de la ciudad”.

Que, se procede a designar BARRIO VIRGEN DEL LUJAN, al sector que se encuentra integrada por 14 manzanas.  Cuyos límites son: AL NORTE, Vías del Ferrocarril y Rio Perico;  AL SUR, Ruta Provincial  Nº 22, AL ESTE, Barrio La Costanera  y  AL OESTE, Barrio San Mateo, Barrio Santa Lucia.-

Que, se denomina los Nombres de las calles y avenidas del siguiente modo: CALLES DE NORTE A SUR: Calle Pinamar, Calle Rio Minero, Avda. Lujan, Calle Lola Mora y Calle Santa Teresita. CALLES DE ESTE A OESTE: Calle Puerto Cancun, Calle Rio Juramento, Calle Rio San Juan del Oro, Calle San Isidro Labrador, Calle San Jorge, Calle Puerto Iguazú ,Calle Rio Lavallen, Calle Rio de las Piedras, Calle Puerto Madryn, Calle Puerto Madero, Calle Rio Las Pavas, Calle San Santiago. Por lo que requiere ser establecido a la luz de lo argumentado en dicha Ordenanza.

Que, conforme lo establecido por el Art, 67 Inc. 23 de la COM, es facultad del Sr. Intendente Municipal, adoptar, gestionar y resolver todo cuanto atañe a su gestión a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.

Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 (inc. 2 y cc.) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;

EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 1.585/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 29/09/2022.-

ARTICULO 2°.- Comuníquese y remítase copia del presente Decreto y de la Ordenanza promulgada a la Secretaria de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, y a la Secretaria de Gobierno, a los efectos correspondientes.

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese al Excmo. Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente