BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 12/10/22
Dra. María Del Huerto Sapag – Jueza de la Cámara Civil y Comercial- Sala 6 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-105.489/03 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmueble: LOPEZ, ISAAC VALERIANO Y MONZON FLORES, NORAH”, hace saber a los Sres. ALBERTO RODRIGUEZ, DNI N° 8.193.098 y ANGELICA RODRIGUEZ DNI N° 4.425.732, el siguiente Proveído que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 04 de Agosto del 2022.- 1.- Proveyendo el escrito digital N° 303075: Atento lo informado por la Policía de la Provincia, notifíquese el proveído del 24 de Junio del 2021 a los Sres. Alberto Rodríguez y Angélica Rodríguez por medio de Edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un Diario Local.- 2.- Respecto a Walter Armando Rodríguez, estése a las constancias de fs. 334 vta.- 3.- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. impónese a la parte interesada la carga de confeccionar la diligencia correspondiente a los fines de la publicación de los EDICTOS ordenados para su posterior control y firma del Tribunal los que deberán presentarse en Bandeja Colaborativa en el S.I.G.J..- 4.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. María Del Huerto Sapag- Juez – Ante mí: Dra. Agustina Paola Taglioli – Prosecretaria”.- ” San Salvador de Jujuy, 24 de Junio del año 2021.- 1.- Por devuelto las presente actuaciones del Archivo del poder Judicial.- 2.- Habiendo dado cumplimiento con lo ordenado mediante providencia de fs. 315, atento el estado de autos y lo peticionado por el letrado, de la demanda ordinaria deducida, córrase Traslado a los accionados Sres. RODRIGUEZ, WALTER ARMANDO, RODRIGUEZ ALBERTO y RODRIGUEZ, ANGELICA (herederos declarados del Sr. PEDRO ARRAYA), en los domicilios denunciados, y con las copias respectivas, para que contesten en el término de QUINCE DIAS hábiles; contados a partir de la notificación de la presente Providencia, bajo apercibimiento de tenerla por incontestada si no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- 4.- Intímese a los accionados, para que dentro del plazo precedentemente ser–dado, constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones cualquiere fuere su naturaleza por ministerio de ley.-5.- Notificaciones en Secretaria, Martes y Jueves o el primer día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 6.- En relación a lo demás peticionado, no ha lugar, debiendo estarse a lo que a continuación se dispone.- 7.- Impónese al proponente la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma en Secretaria de esta Sala.- 8.- Notifíquese por cedula y a la demandada en el domicilio denunciado.- Fdo. Dra. María Del Huerto Sapag – Juez – Ante mi: Dra. Agustina Paola Taglioli.– Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, de Septiembre 2022.‑
12/14/17 OCT. LIQ. Nº 30090 $1.350,00.-