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DECRETO Nº 6251-S/2022.-

EXPTE Nº 715-563/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por reconocido el Adicional por Permanencia en el Servicio de Guardia del 30% sobre la categoría de ingreso a favor de la Bioquímica María Daniela Guevara, CUIL 27-22729316-6, cargo Categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418 de la Unidad de Organización R6-­01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 1° de septiembre de 2019, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.Aútorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Bioquímica María Daniela Guevara, correspondiente al 30% sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de septiembre de 2019 a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N° 6256 que a continuación se indica:

EJERCICIO 2022:

La partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.‑

EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):

Deuda Pública Provincial”03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. En Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública. –

ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. –

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR