BOLETÍN OFICIAL Nº 113 – 07/10/22

DECRETO Nº 6649-G/2022.-

EXPTE Nº 300-71-2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 SEP. 2022.-

VISTO:

Los presentes obrados, a través de las cuales se solicita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la “Fundación Ramón Alberto”, con asiento en la Ciudad de Libertador General San Martín (Departamento Ledesma), como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y

CONSIDERANDO:

Que dicha entidad cumplimenta y se obliga a las disposiciones de la Ley de fondo (Código Civil y Comercial de la Nación – Libro Primero, Titulo II, Capítulo 3 “Fundaciones”) y Decreto provincial N° 1768-G-SG-58;

Que, atento los términos del Dictamen N° 316-DPAF-21 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (Fs.125/126), procede dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la “FUNDACION RAMÓN ALBERTO”, con asiento en la Ciudad de Libertador General San Martín (Departamento Ledesma) y, apruébase su Estatuto Social que consta de Diecinueve (19) Artículos, y como Escritura Pública N° 182/2018 del Registro Notarial N° 76 de la Provincia de Jujuy corre agregado de Fs. 115 a 124 de autos.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR