BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 18/12/15

Icon_PDF_6Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº B-263.070/11: caratulado “Ejecutivo: Credinea S.A. c/ Daniel Ignacio Castillo Canchi, se hace saber al demandado Castillo Canchi, Daniel Ignacio, la siguiente sentencia: San Salvador de Jujuy, 27 de Abril del 2015.-Autos y Vistos….Considerando…Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Laureyro, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación  del Sr. Castillo Canchi Daniel Ignacio, por constituido domicilio legal y parte, a merito de las facultades conferidas por el Articulo 196 del C.P.C.- II.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Credinea S.A. en contra de Castillo Canchi, Daniel Ignacio, hasta hacerse el acreedor integro del pago del capital reclamado, ósea la suma de PESOS: DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 76/100 ($ 2.278,76) con mas las costas del juicio y el interés a la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco  de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago.- III.-Regular los honorarios profesionales del Dr. Martin Meyer, en la suma de $2000.-, los que solo en caso de mora devengaran intereses conforme tasa activa, con mas IVA si correspondiere .-IV.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 del C.P.C).- IV.- Practicar la planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente sentencia.-V.-Firme la presente por secretaria incorpórese al expediente de documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma que tramito la presente causa.-VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes por cedula, al demandado mediante edictos, y en la persona del Señor Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y a C.A.P.S.A.P., etc.-Fdo.-Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez. Ante Mi: Esc. Nadia Torfe-Secretaria Por Habilitación”.-Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 C.P.C.) por tres veces en el termino de CINCO DIAS. Se hace saber a la accionada que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos.-Secretaria: Esc. Nadia Torfe-Secretaria Por Habilitación.-San Salvador de Jujuy, 28 de abril de 2015.-

 

14/16/18 DIC. LIQ. Nº 122661 $210,00.-