BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/22

Ref. Expte. Nº C-200203/2022 caratulado: “COBRO DE SUMAS DE DINERO/PESOS: MACHADO RODRIGO SEBASTIAN c/ MOLINA, NICOLAS GERMAN.- Por el presente se notifica a NICOLÁS GERMAN MOLINA DNI 37.730.144 la siguiente providencia “San Salvador de Jujuy, 30 de junio de 2022. 1) En atención a lo dispuesto mediante acordada Nº 86/2020, hágase saber a las partes que, las presentes actuaciones a partir del día 01 de junio de 2022 (acordadas Nº 18/22 y 86/22) se tramitarán a través de la Plataforma Digital de Gestión Judicial como expediente electrónico. 2) Proveyendo al escrito digital Nº 291423 presentado por parte del Dr. Rodrigo Sebastián  MACHADO con fecha de cargo el día 30 de junio de 2022: a lo solicitado por el letrado y atento el estado de la causa, de la demanda por COBRO DE SUMAS DE DINERO/PESOS interpuesta, córrase traslado al Sr. Nicolás Germán MOLINA en el domicilio denunciado a fojas 21, para que la contesten dentro del plazo de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de tenerla por contestada en los términos del art. 298 del C.P.C. e intímaselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. de asiento del Tribunal, bajo apercibimiento de mandar a notificar en lo sucesivo, Ministerio legis, (Arts. 2, 54 y 154 del ut supra). 3) Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. 4) Hágase saber al Dr. MACHADO que deberá confeccionar las diligencias colaborativas ordenadas en el presente, para su posterior control y firma digital por Secretaría de esta Vocalía N° 2, quedando debidamente facultado para el diligenciamiento y/o persona autorizada. 5) Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José López Iriarte -Juez- ante mí Dra. Malvina Pedrazzani -Prosecretaria-San Salvador de Jujuy, 11 de agosto de 2022. 1) Proveyendo al escrito digital Nº 326640 presentado por parte del Dr. Machado, Rodrigo Sebastian con fecha de cargo el día 10 de agosto de 2022: Atento el informe actuarial que antecede, a lo solicitado por parte del Dr. Machado, hágase lugar, en consecuencia procédase a notificar al accionado por Edictos (Art. 162 del C.P.C.) de la providencia de fecha 30 de junio de 2022, en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en el término de cinco días. 2) Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del art. 72 del C.P.C., impónese al solicitante la carga de confeccionar los edictos solicitados debiéndolos adjuntar en diligencias colaborativas para su posterior control y firma digital por Secretaría. 3) Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José López Iriarte -Juez- ante mí Dra. Malvina Pedrazzani -Prosecretaria-”

 

03/05/07 OCT. LIQ. Nº 30024-30033 $1.350,00.-