BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/22

El Dr. Daniel Horacio Camu, Juez del Tribunal del Trabajo-Sala 1- de la provincia de Jujuy, Vocalía III, presidente de trámite en el Expediente C-141839/19, caratulado: “Enfermedad accidente: BRIAN JOEL LAMAS Y MARIA DEL MILAGRO CHOROLQUE c/ ALBERTO HUAYTE Y SUPERINTENDENCIA DE RIESGO DE TRABAJO”, ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 29 de agosto de 2.022. Atento lo informado precedentemente por Secretaría y constancias de autos, proveyendo la presentación digital N° 346156 del Dr. Luis Manuel Pucheta, como se pide, notifíquese el traslado de demanda al Sr. Alberto Huayte, mediante edictos, que deberán publicarse tres (3) veces en cinco(5) días en el Boletín Oficial y en un diario local (Art. 162 del Código Procesal Civil), ello a cargo del solicitante, quién queda facultado para su diligenciamiento, obligación que deberá acreditar en el plazo de cinco días notificado de la presente. Notifíquese por cédulas. Fdo. Dr. Daniel H. Camu (Juez) Dr. Hugo Cicero (Prosecretario) el decreto de traslado de demanda dice: San Salvador de Jujuy, 10 de agosto de 2.020. Téngase por ampliada la demanda y por Secretaría recaratúlase la presente causa incluyendo como co-demandada a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Cumplido, de la demanda interpuesta y su ampliación, córrase traslado a los demandados Alberto Huayte y Superintendencia de Riesgos del Trabajo en los domicilios denunciados, a quienes se emplaza para que comparezcan ante este Tribunal a contestarla dentro del término de quince días al primer accionado y quince días con más diecinueve días de ampliación para la segunda accionada, respectivamente, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada si así no lo hicieren (art. 51 del Código Procesal del Trabajo). Asimismo intimase a los demandados para que en igual término constituyan domicilio legal dentro de los TRES KILÓMETROS del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificárseles las sucesivas resoluciones por Ministerio de la Ley (art. 22 del C.P.T y 52 del C.P.C.).Notificaciones en Secretaria los Martes y Jueves, o el subsiguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado. Se faculta al letrado presentante para la confección y diligenciamiento de la Carta Documento, previo control y firma por Secretaría. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Alejandro Hugo Domínguez – Juez Habilitado – Dr. Hugo H. Cicero – Prosecretario.- Secretaria, 16, Septiembre del 2022.-

 

30 SEPT. 03/05 OCT. LIQ. Nº 29990 $1.350,00.-