BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/22

Dra. Marisa E. Rondon de Dupont, Juez, Ante Mí: Dra. Valentina Mallagray, Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 30 de Agosto 2.022.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. Nº C-185384/21, caratulado: “Ejecutivo: AGUIRRE, ANTONIO ALEJANDRO c/ LOPEZ CARINA DE LOS ANGELES” del que: Resulta: …Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el SR. ALEJANDRO AGUIRRE D.N.I. 30.766.285 con el patrocinio letrado del Dr. Luis Manuel Pucheta en contra de la Sra. CARINA DE LOS ANGELES LOPEZ D.N.I. 23.403.928, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B–145.731/05, (Sala I–Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678, Nº 235), desde la mora 31/05/22, hasta el efectivo pago y con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Luis Manuel Pucheta en la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL SETCIENTOS DIEZ ($28.710) equivalente a 10 UMAS, y que a fin de que guarde relación con intereses del monto ejecutado moratorios, llevara un interés igual al dispuesto para el capital desde igual fecha, a excepción de los intereses punitorios siguiendo la doctrina del S.T.J. sentada en la L.A. Nº 58 Fº 2005/2007 Nº 570, e I.V.A. si correspondiere, conforme lo dispuesto por los arts. 17, 24, y 35 de la ley Nº 6112/18 (LEY DE HONORARIOS PROF. DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY).- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 11 y 11 vlta. en contra de la SRA. CARINA DE LOS ANGELES LOPEZ D.N.I. 23.403.928 mandándose notificar la presente Resolución por EDICTOS y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. Facultar al DR. PUCHETA para la confección y diligenciamiento del mismo. V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.-Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon de Dupont, Juez, Ante Mí: Dra. Valentina Mallagray, Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 07 de Septiembre del 2022.-

 

30 SEPT. 03/05 OCT. LIQ. Nº 29989 $1.350,00.-