BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/22

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-

DECRETO Nº 22/9.22.007.-

EXPTEDIENTE Nº 16-12781-2022-1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 SET. 2022.-

VISTO:

El informe y Anexo I adjunto obrante de fs. 01 a 03 del expediente citado en el epígrafe, elevado por la Secretaria de Hacienda Municipal Lic. Agustina María Apaza mediante el cual indica la necesidad de actualizar los importes percibidos en concepto de licencia de conducir, de conformidad a los términos del Articulo 84º de la Ordenanza Nº 7560/21- Ordenanza Impositiva vigente para el ejercicio 2022; y

CONSIDERANDO:

Que, ante el contexto inflacionario reinante en nuestro país los importes referidos precedentemente se encuentran ampliamente desactualizados teniendo en cuenta el último reajuste efectuado en el año 2020;

Que, conforme lo establece el Articulo 361 del Código Tributario Municipal: “Por el otorgamiento de licencia de conductor que involucra tareas de contralor, administrativas y de evaluación de las actitudes del solicítate se fijaran los importes que regirán para cada modalidad en la Ordenanza Impositiva vigente para cada ejercicio”. En igual sentido el Articulo 363º manifiesta que: “Constituirá la base imponible el costo del servicio”;

Que, el Articulo 84º de la Ordenanza Impositiva Nº 7560/2021 vigente para el presente ejercicio 2022 faculta al Departamento Ejecutivo a determinar los importes a percibir para la emisión del carnet de conducir, en sus diferentes tipos y características, los cuales se adecuaran a los valores de referencia que se establezcan a través del Sistema Nacional que es utilizado por el Municipio.-

Que, analizando el costo global del servicio de emisión de licencias, los gastos directos e indirectos necesarios para la efectiva presentación del mismo (estructura, personal, insumos materiales e informáticos, etc.), el correlativo incremento de los costos en función de los diversos factores (inflación, aumento de combustible, etc.) se determinan los diferentes importes a percibir para la emisión del carnet de conducir, en sus diferentes tipos y características, los cuales se encuentran adecuados a los valores promedios nacionales conforme Anexo I adjunto a fs. 02 y 03;

Por ello, y conforme lo establecido en el Artículo 55º Inc. 4) de la Carta Orgánica Municipal:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1º.- A partir del día 03 de Octubre de 2022, actualícense los importes percibidos por la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en concepto de licencia de conducir conforme Anexo I, el que pasara a formar parte integrante del presente dispositivo legal, de acuerdo a los términos del Articulo 84º de la Ordenanza Nº 7560/21 Ordenanza Impositiva vigente para el ejercicio 2022 y a las razones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial y Boletín Oficial Digital Municipal; y pase a sus efectos a la Dirección General de Transito y Transporte, Coordinación General de Comunicación, Secretaria de Servicios Públicos y Secretarias de Hacienda.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente