BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 23/09/22
La Dra. María del Huerto Sapag- Vocal, Presidente de trámite en la Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalía N° 6 en el Expte. N° C-178842/21, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: RODRIGUEZ, MARCELO SILVANO c/ YURQUINA, CONCEPCIÓN Y OTROS” procede a notificar el siguiente decreto: “A despacho, 02 de Agosto del 2.022 SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de Agosto del 2.022 1.- De la Demanda Ordinaria deducida, córrase TRASLADO a los Sres. Concepción Yurquina; Demetrio Yurquina; Rosalía, Yurquina y Benigna Yurquina para que contesten dentro del término de QUINCE DIAS, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P. C.). 2.- Intimase a los accionados, para que en el plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle en lo sucesivo por Ministerio de Ley. 3.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves, el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. 4.- Atento a lo manifestado y conforme surge de fs. 110 del Expte. Nº B- 230.361 agregado por cuerda y a fin de individualizar los herederos de quien en vida fueren ROSALIA MIRANDA DE CUELLAR y GEORGINA YURQUINA, intímese a la actora a denunciar juicio sucesorio del causante debiendo presentar la correspondiente declaratoria de herederos o en su caso constancia negativa emitida por Mesa Gral. de Entradas de esta Ciudad. 5.- Asimismo, cítese y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como: PARCELA S/N, PADRÓN I-837. MANZANA 8, SECCION 2, CIRC, 2 del Departamento de Tilcara, Provincia de Jujuy, para que comparezcan a contestar Demanda, dentro del plazo de QUINCE DIAS, haciéndoseles saber que las copias para Traslado se encuentran en Secretaría, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P.Civil), y designarles como su representante al Sr. Defensor Oficial Civil que por turno corresponda. 6.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días. 7.- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese al actor la carga de confeccionar el Edicto ordenado para su posterior control y firma del Tribunal el que deberá presentarse en Bandeja Colaborativa del S.I.G.J. en el término de CINCO días. 8.- Notifíquese por cédula. l.b.- Fdo. Dra. María Del Huerto Sapag- Juez-Ante Mi Agustina Taglioli-Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 07 de Setiembre de 2022.-
21/23/26 SEPT. LIQ. Nº 29816 $1.350,00.-