BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 23/09/22
DECRETO Nº 5734-S/2022.-
EXPTE Nº 200-165/2016.-
Agdos. N° 700-603/2014, N° 720-162/2014, N° 720-125/2014 y N° 720-34/2010.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAY. 2022.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto N° 4033-S-2017, de fecha 26 de junio del 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.-Tengase por adecuada a la Sra. Guadalupe de Jesús Marenco, D.N.I. N° 25.056.965 de la categoría C-1 a la categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, por el periodo comprendido entre el 02 de junio del 2009 al 31 de agosto del 2014.-
ARTÍCULO 3º.- Téngase por reconocidas las diferencias salariales a la Sra. Guadalupe de Jesús Marenco, D.N.I. N° 25.056.965, que le corresponden entre la categoría C-1 y la categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, por el periodo comprendido entre el 02 de junio del 2009 al 31 de agosto del 2014.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demandará lo dispuesto en el articulo precedente se imputará a la partida presupuestaria que el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, ejercicio 2022, Ley N° 6256, indica a continuación:
EJERCICIO VENCIDOS:
Deuda Publica Provincial “3-10-15-1-27 “Gastos de Juicio contra Estado Provincial. – Fiscalía de Estado”, Jurisdicción “L” Deuda Pública U. de O. “L” Deuda Pública, con la que procede hacer frente a la presente demanda judicial.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR