BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 23/09/22

DECRETO Nº 5056-S/2021.-

EXPTE Nº 725-274/12.-

AGR. Nº 725-273/12.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por rejerarquizado al Personal de Planta Permanente de la Unidad de Organización R6-01-13 Hospital “Maimara”, conforme al Anexo I el cual forma parte integrante del presente Decreto, a partir del 01 de agosto de 2012.-

ARTÍCULO 2º.- Téngase por rejerarquizada a la Señora Abalos, Mirta Felisa CUIL 27-26440540-3, del cargo categoría 13 (c-4) al cargo categoría 14 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la Unidad de Organización: R6-01-13 Hospital “Maimara”, por el periodo comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 07 de mayo de 2015.-

ARTÍCULO 3°.- Téngase por rejerarquizado al Señor Acosta, Donato David CUIL 20-17932077-1, del cargo categoría 2 al cargo categoría 10, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la Unidad de Organización: R6-01-13 Hospital “Maimara”, por el periodo comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 24 de julio de 2014.-

ARTÍCULO 4º.- Téngase por rejerarquizada a la Señora Mamani, Gumersinda CUIL 27-17600297-8, del cargo categoría 6 (c-4) al cargo categoría 19 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3.161/74, de la Unidad de Organización: R6-01-13 Hospital “Maimara”, por el período comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 07 de mayo de 2015.-

ARTÍCULO 5°.- Téngase por rejerarquizada a la Señora Méndez, Gabriela Leonor CUIL 27-23661503-6, del cargo categoría 10 (c-4) al cargo categoría 12 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la Unidad de Organización: R6-01-13 Hospital “Maimara”, por el período comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 26 de agosto de 2014.-

ARTICULO 6º.- Téngase por rejerarquizado al Señor Salva, Sergio Damián CUIL 20-24221522-3, del cargo categoría 10 (c-4) al cargo categoría 13 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la Unidad de Organización R6-01-13 Hospital “Maimara”, por el período comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 10 de diciembre de 2014.-

ARTÍCULO 7º.- Téngase por rejerarquizada a la Señora Tejerina, Cecilia del Carmen CUIL 27-24397351-7. del cargo categoría 14 (c-4) al cargo categoría 17 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la Unidad de Organización: R6-01-13 Hospital “Maimara”, por el periodo comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 10 de diciembre de 2014.-

ARTÍCULO 8°.- Téngase por rejerarquizado al Señor Toconas, Sergio Fernando CUIL 20-22880587-5, del cargo categoría 13 (c-4) al cargo categoría 16 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General. Ley N° 3161/74. de la Unidad de Organización: R6-01-13 Hospital “Maimara”, por el periodo comprendido entre el 01 de agosto de 2012 hasta el 10 de diciembre de 2014.-

ARTÍCULO 9º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto vigente que a continuación se indican

EJERCICIO 2021

El Presupuesto General Ejercicio 2021, Ley N° 6213, prevé en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-13 Hospital Maimara, la partida de Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomara fondos de la Partida 01-01-01-01-01-78 “Regularización Decreto 1135-G-2012”, correspondiente a la Unidad de Organización “K” Obligaciones a cargo del Tesoro.

EJERCICIOS ANTERIORES (Periodo no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTÍCULO 10º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 11°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR