BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 21/09/22

DECRETO Nº 6113-E/2022.-

EXPTE. Nº 1056-13142-18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona el pago de proporcional de vacaciones, por el periodo 2018, a la Sra. Mirta Liliana Cabrera-D.N.I. N° 13.729.121; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Educación gestiona el pago adeudado, cuyo gasto se ejecutó en anteriores ejercicios financieros, informando la Dirección Provincial de Presupuesto en intervención de competencia, que las partidas afectadas corresponden a deuda pública.

Que, es responsabilidad de los Ministros y Funcionarios, el cumplimiento en la ejecución del gasto, de las disposiciones vigentes, procedimientos, formas, contralor, ejecución y rendición.

Que, obran informes de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, respectivamente.

Que, rola dictamen de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado Organismo, del cual se desprende que corresponde efectivizarse el pago adeudado a la Sra. Mirta Liliana Cabrera.

Que, por Resolución N° 4013-E-2021, de fecha 12 de julio de 2021, se autoriza el pago adeudado del proporcional de vacaciones año 2018 a la Sra. Mirta Liliana Cabrera, CUIL N° 27-13729121-0, Profesora del Bachillerato Provincial N° 15 “Legislatura de Jujuy”, por el periodo 2018, por acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria partir del 1° de julio de 2018, con imputación a la Deuda Pública del Ejercicio 2022.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente Administrativo N° 1056-13142-18, caratulado: “SRA. MIRTA CABRERA, JUBILADA S/PAGO DE PROPORCIONAL DE VACACIONES Y OTRO”, cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26 “P/Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N° 6256/2021, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.-

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Cumplido, elévese a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR