BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 21/09/22

El Dr. Federico Francisco Otaola, Vocal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, Sala IV, en el Expte. Nº LA-16269/19 “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-208036/2009 (Tribunal del Trabajo, Sala II, Vocalía Nº 5) Despido: FERNANDEZ Dora Evangelina c/ VIDEO JUEGOS DIN MINI PARK propiedad de UMBERT Luís Oscar; DIN MINI PARK propiedad de CIVALERO HNOS. SRL” ha dictado la siguiente providencia: proveído de fs. 76: “San Salvador de Jujuy, 22 de febrero del 2021.-I.-…notifíquese la sentencia recaída en los presentes actuados mediante edictos, los cuales serán publicados en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces por el término de cinco días (art. 162 del CPC), a cargo de la parte recurrente….-II.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Federico F. Otaola- Juez del Superior Tribunal de Justicia, ante mi: Dr. Alejandro Ezequiel Gluk- Secretario”. Sentencia de fs. 43/44 vta.: “Libro de Acuerdos Nº 5 Fº 569/570 Nº 189. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil veinte, los señores jueces de la Sala IV Laboral del Superior Tribunal de Justicia, doctores Federico Francisco Otaola, María Silvia Bernal y Sergio Marcelo Jenefes, bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expte. Nº LA-16269/2019 caratulado: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en B-208036/2009 (Tribunal del Trabajo -Sala II- Vocalía 5) Indemnización por despido: Fernández, Dora Evangelina c/ Video Juegos Din Mini Park propiedad de Umbert Luís Oscar, Din Mini Park propiedad de Civalero Hnos. S. R. L.”El Dr. Otaola dijo:…La Dra. María Silvia Bernal adhiere al voto que antecede. El Dr. Sergio Marcelo Jenefes adhiere al voto del Dr. Otaola. Por lo expuesto, la Sala IV Laboral del Superior Tribunal de Justicia, Resuelve: I. Rechazar el recurso de inconstitucionalidad incoado por el Dr. Enrique Miguel Mallagray, en nombre y representación de la Sra. Dora Evangelina Fernández, en contra de la resolución de fecha 14 de noviembre del 2019.- II. Imponer las costas de la presente instancia a la parte recurrente vencida. III. Regular los honorarios profesionales del Dr. Enrique Miguel Mallagray en la suma de $10517, más IVA en caso de corresponder. IV. Registrar, agregar copia en autos y notificar por cédula. Fdo.: Dr. Federico Francisco Otaola – Dra. María Silvia Bernal – Dr. Sergio Marcelo Jenefes – Jueces del Superior Tribunal de Justicia. Ante mí: Dra. Viviana Ruiz Babicz – Secretaria Relatora”. Se hace saber que el presente se encuentra exento del pago de tasas y sellados conforme a lo dispuesto por el art. 20 de la ley de Contrato de Trabajo y el art. 24 del Código Procesal del Trabajo.- Secretaría, 12 de septiembre del 2022.-

 

19/21/23 SEPT. S/C.-