BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 21/12/15

Icon_PDF_6Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3-Secretaría N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. C-023851/14 caratulado: “Ejecutivo: Modena Martin c/ Zalazar Hugo Gabriel”, se hace saber al Sr. Hugo Gabriel Zalazar, la siguiente resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy 29 de Setiembre del 2015.- Autos y Visto:…Considerando:…Resuelve I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sr. Martin Modena en contra del Sr. Hugo Gabriel Zalazar hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de de PESOS CATORCE MIL TRESCIENTOS ($14.300.-) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, y con más el cincuenta por ciento (50%) de lo que resulten de los compensatorios en concepto de intereses punitorios, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios del Dr. Martin Modena en la suma de PESOS DOS MIL DOS ($2.002.-) por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2, 4, 6 y 15 de la Ley 1687/46, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 11 en contra del Sr. Hugo Gabriel Zalazar mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Intimar a la parte actora una vez firme la presente, a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.-Fdo. Dr. Marisa E Rondon-Juez-Ante mí: Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.-Secretaría: Marta J. Berraz de Osuna.-San Salvador de Jujuy, 14 de Octubre del 2015.-

 

18/21/23 DIC. LIQ. Nº 122777 $210,00.-