BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 14/09/22
DECRETO Nº 6202-G/2022.-
EXPTE. Nº 300-915-2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUL. 2022.-
VISTO:
Los presentes obrados, a través de las cuales se solicita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la “Asociación Civil Cooperadora Escolar de la Escuela Primaria N° 468 de San Salvador de Jujuy”, con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy (Departamento Dr. Manuel Belgrano), como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y
CONSIDERANDO:
Que dicha entidad ha dado cumplimiento con las disposiciones del Decreto provincial N° 1768-G-SG-58;
Que, atento los términos del Dictamen N° 161-DPAF-22 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (Fs.99/100), procede dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA ESCOLAR DE LA ESCUELA PRIMARIA N° 468 DE SAN SALVADOR DE JUJUY”, con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy (Departamento Dr. Manuel Belgrano), y apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Ocho (38) Artículos que corre agregado de Fs. 87 a 95 de autos.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR