BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 14/09/22

Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala II – Vocalía 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-150061/19, caratulado: “CUMPLIMIENTO DE CONTRATO/OBLIGACION: DIAZ AZUCENA DEL CARMEN; VARGAS ANSELMO SIMION c/ ARTEAGA JAIME EDMUNDO”, hace saber al Sr. ARTEAGA JAIME EDMUNDO, DNI 14.553.617, que se ha dictado el siguiente PROVEIDO: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 Noviembre de 2019. Téngase por presentada a la Dra. Gabriela Fernanda Vega en nombre y representación de los Sres. AZUCENA DEL CARMEN DIAZ Y ANSELMO SIMION VARGAS a mérito de la personería de urgencia solicitada, la cual se le concede por ésta única vez por el término de treinta días, de conformidad y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 60 del C.P.C.- De la Demanda ordinaria interpuesta córrase Traslado al ACCIONADO JAIME EDMUNDO ARTEAGA, en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que la conteste dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C.).- Intímase al ACCIONADO para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio Asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones –cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de la cédula ordenada precedentemente.- Notifíquese por cédula.” PROVIDENCIA de fecha 17 de agosto de 2.022: “San Salvador de Jujuy, 17 de agosto de 2.022. I- Proveyendo a la presentación Nº 334046: Atento lo solicitado por el Dr. Manuel Alejandro Chavarria y las constancias de autos, procédase a notificar al accionado JAIME EDMUNDO ARTEGA el proveído de fecha 11/11/2019, mediante edictos debiendo publicarse en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días. II- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar el oficio ordenado para su posterior control y firma por Secretaría el que deberá presentarse como diligencia colaborativa a través del S.I.G.J.- III- Notifíquese por Cédula. Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal. Ante mí Dra. Aixa Yazlle- Prosecretaria.- Publíquense Edictos en el BOLETÍN OFICIAL y un DIARIO LOCAL de amplia circulación, por tres (3) veces en cinco (5) días.-

 

12/14/16 SEPT. LIQ. Nº 29524-29653-29667 $1.350,00.-