BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 09/09/22
CONCEJO DELIBERANTE DE PERICO
ORDENANZA Nº 1.581 /2.022.-
REF.: “DECLARACION DE INTERES MUNICIPAL DE LA ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2.022 A ORGANIZARSE POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EN EL MARCO DE LA FIESTA NACIONAL DE LOS ESTUDIANTES 2.022, QUE TENDRA LUGAR EL DIA 09 DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO.”
VISTO:
Lo resuelto en Sesión Ordinaria del día 02/09/2022, La Nota Nº 287/2022, presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Elección Reina Departamental es, una tradición de toda la juventud de Ciudad Perico, y que su celebración, con motivo de la emergencia sanitaria y epidemiológica generada por el COVID-19, viene siendo postergada desde hace un poco más de dos años.
Que, en la presente Edición de la Fiesta Nacional de los Estudiantes, el Ente Autárquico Permanente encomendó al Departamento Ejecutivo Municipal, la organización de la Elección Reina del Departamento El Carmen.
Que, se hace necesario desde el Cuerpo Deliberativo, introducir pautas que garanticen la organización del evento como así también la transparencia que requiere el caso, disponiéndose la sanción como instrumento legal, una Ordenanza Municipal.
Que los estudiantes Periqueños valoran y celebran esta festividad, con motivo de la llegada de la primavera y el Florecer de la eterna juventud.
Que, ello se hace necesario arbitrar medidas necesarias a fin de que tal evento, se lleve adelante dentro del gran marco de algarabía que significa para la juventud periqueña, la tradicional “Fiesta Nacional de los Estudiantes”.
Que, a los fines de solventar las erogaciones del evento, es necesario arbitrar medidas que generen ingresos, como ser de la venta de entradas, de los puestos de gastronomía, bebidas, publicidades, etc…
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO
ORDENA:
ARTICULO 1°.- DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL, “LA ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2.022”, a Organizarse por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Perico, en el Marco de la Fiesta Nacional de los Estudiantes Edición 2.022, el día Viernes 09 de Septiembre del presente año, a realizarse en las Instalaciones del Club Atlético Talleres de Perico.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar las contrataciones de los diferentes grupos musicales, escenario, sonido, iluminación, Seguridad, sanitarios, etc., y todo lo concerniente a la organización de “LA ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2.022”
ARTICULO 3°.- FACULTESE a la Sra. Secretaria de Hacienda para que por intermedio de Contaduría Municipal, se proceda a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que demanda la organización de LA ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2.022.-
ARTICULO 4°.- ESTABLESZCASE el precio de las entradas para la ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2.022, en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($1200,-).-
ARTICULO 5°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar el descuento por planilla a los agentes municipales, a los fines de la compra de las entradas para la ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2022.-
ARTICULO 6°.- ESTABLEZCASE que los empleados municipales que trabajen en LA ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2022, percibirán una suma fija por jornada no remunerativa, y por única vez, que será determinada conjuntamente por las secretarias del Departamento Ejecutivo Municipal, según las tareas a desarrollar por cada uno de ellos.-
ARTICULO 7°.- DISPONGASE los gastos que demande la organización de LA ELECCION REINA DEPARTAMENTAL 2022, serán solventados con los ingresos de las ventas de entradas, puestos de ventas de gastronomía, de bebidas, auspicios, publicidades.-
ARTICULO 8°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Hacienda y las áreas que disponga, a establecer la ubicación, el valor de los espacios de los stands de ventas de comidas, bebidas, artesanías, juegos infantiles, auspicios, publicidades, etc. Dichos valores no podrán superar el moto de pesos veinte mil ($ 20.000).-
ARTÍCULO 9°.- NORMAS DE BIOSEGURIDAD: El Departamento Ejecutivo municipal, deberá disponer los mecanismos necesarios a fin de que se respeten las normas de bioseguridad dispuestas por los organismos correspondientes ante la Pandemia Covic 19.-
ARTICULO 10: RENDICIONES DE CUENTAS: El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá presentar e un término de 10 diez días hábiles al Concejo deliberante, las Rendiciones de Cuentas del evento.-
ARTICULO 11°.- COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento. Publíquese en Boletín oficial. Dese difusión. Cumplido. Archívese.-
SALA DE SESIONES, 02 DE SEPTIEMBRE DEL 2022
Walter R. Cardozo
Presidente