BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 09/09/22

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

DECRETO N° 2342-G-2022.-

CIUDAD PERICO, 14 MAR. 2022.-

VISTO:

El pedido efectuado por el Sr. Presidente del Concejo Deliberante de ciudad Perico; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el mismo se solicita la adscripción para prestar servicios en el Concejo Deliberante de Ciudad Perico, de los agentes municipales ESTELA MARGARITA CHAUQUE, DNI N° 21.321.803, Leg. N° 31951, VIVIANA VILTE, DNI N° 21.102.438, Leg. N° 32.641, ROCIO SOLEDAD CALIVA, DM N° 37.632.766, Leg. N° 33617, y MARCELO CACERES, DNI N° 28.175.463. Leg. N° 32.346.-

Que, es competencia del Sr. Intendente disponer cambios y adscripciones de lugares de trabajo del personal dependiente de esta Administración Municipal, ante pedidos efectuados por Instituciones Publicas Oficiales que prestan servicios a la comunidad de Perico.

Que, habiéndose advertido que, en la anterior gestión municipal, el otorgamiento de adscripciones de personal municipal a diferentes instituciones públicas y privadas fue indiscriminada y muchas veces injustificada, es decisión de esta autoridad limitar las mismas a pedidos efectuados exclusivamente por Instituciones Publicas Oficiales que invoquen una real necesidad, y por un tiempo determinado que no podrá exceder de un año calendario, ello conforme lo dispuesto mediante Decreto N° 947-G-2020 de fecha 22 de Diciembre de 2020.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, en uso de sus atribuciones:

DECRETA;

ARTÍCULO 1°: DISPONESE, la adscripción de las agentes municipales VIVIANA VILTE, DNI N° 21.102.438, Leg. N° 32.641, ROCIO SOLEDAD CALIVA, DNI N° 37.632.766, Leg. N° 33617, ESTELA MARGARITA CHAUQUE, DNI N° 21.321.803. Leg. N° 31.951, y MARCELO CACERES, DNI N° 28.175.463. Leg. N° 32.346; al Concejo Deliberante de Ciudad Perico, en virtud de las razones expuestas en los considerandos del presente Decreto.

ARTÍCULO 2°: El presente decreto tendrá vigencia a partir del día de la fecha, y hasta el día 31 de Diciembre del presente año.

ARTÍCULO 3°: Por Dirección de Recursos Humanos deberá efectivizarse lo dispuesto por el presente decreto, notificando a los agentes municipales lo dispuesto por el presente acto administrativo.

ARTICULO 4°: Regístrese, Comuníquese a Dirección de Recursos Humanos, y al Concejo Deliberante, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, Cumplido, Archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente