BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 09/09/22
El Dr. Enrique Rogelio Mateo Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial y Presidente de Trámite en el Expte. Nº B-010978/1996, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: DE TEZANOS PINTO, MARIA DEL VALLE y OTROS; ACOSTA EMILIO CLEMENTE c/ ESTADO PROVINCIAL”, y contra quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende prescribir, individualizado como LOTE RURAL N° 25 y 26 – Padrón D-732, ubicado en el Departamento de San Pedro de Jujuy, Plano de Mensura N° 930032 para prescripción adquisitiva, aprobado por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 27/01/1993; ordena por este medio notificar el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy 21 de Junio de 2022. I-Proveyendo el escrito de fojas 1171, Punto 1, intímase a los herederos del Sr. Emilio Clemente Acosta, Sres. Martín Rodrigo Moran y Roxana Carmen Moran a fin de que comparezcan a la presente causa con apoderado, bajo apercibimiento de continuar el proceso en su rebeldía (conf. art. 66 del Código Procesal Civil). II-Ténganse presentes las cédulas parcelarias adjuntadas, en consecuencia CITASE COMO TERCEROS en los términos del Art. 534º del C.P.Civil (conforme modificación Ley Nº 5486) a los colindantes Sres. HERNANDEZ ORTIZ MIGUEL, HERNANDEZ JOSE, HERNANDEZ RAUL, HERNANDEZ RICARDO, HERNANDEZ DE PEREZ MARIA, HERNANDEZ MIGUEL (Padrón D-732), LOMA PELADA S.A. ( Padrón 705), FORESTADORA DEL NORTE S.A ( Padrón 1076) XALAPEÑO S.A (Padrón 684), FUZ MARIA MANDA, RUIZ GODOY ELIMIO, ARIAS ALBERTO, ARIAS VICENTE (Padrón 17485), ARIAS ALBERTO, ARIAS VICENTE, MAIDANA ROBERTO ALFREDO (Padrón 17486); ATIENZO JUAN RAMON (Padrón 1287), TORO PEDRO FRANCISCO, HERNANDEZ MERCEDES PATRICIA, ZELAYA HERNANDEZ HERNAN GUSTAVO, ZELAYA HERNANDEZ LEANDRO JOAQUIN, ZELAYA HERNANDEZ IVONNE MARIEL, ZELAYA HERNANDEZ ELIAS FABRIZIO (padrón 1288), GARCIA FRANCISCO JAVIER (Padrón 5919)) para que comparezcan dentro de los QUINCE DIAS, a fin de que tomen conocimiento del juicio y si consideraren afectados sus derechos, su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Intímaselos para que, en igual plazo, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para su notificación, publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y en un diario local por CINCO VECES en TRES DIAS, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (Art. 162 del C.P. Civil). III- Del acuse de negligencia de la producción de la prueba informativa, córrase vista a las partes por el término de cinco días. IV-Notifíquese por cédula. Al Dr. Enrique Rogelio Mateo – Juez – Ante Mi Dra. Marcela Vilte- Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por cinco (5) veces en tres (3) días.- San Salvador de Jujuy, 30 desde Junio 2022.-
05/07/09 SEPT. LIQ. Nº 29576 $2.250,00.-