BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 09/09/22

CONCEJO DELIBERANTE DE YALA

ORDENANZA N° 237/2.022 REFACCION DEL PUENTE FERROCARRIL DE LOZANO

VISTO

La importancia y necesidad de concretar la obra de refacción del puente ferrocarril de la localidad de Lozano, altura puente Ruta Nacional N° 9 intersección del Río Lozano.

CONSIDERANDO

Que, debido al crecimiento demográfico de la población del pueblo de Lozano, se hace necesaria la obra de refacción debido a que este puente es un nexo de comunicación entre zona norte y zona sur; y es así, que es transitado continuamente por adultos mayores, niños/as y en general.

Que, es utilizado a diario por deportistas, ciclistas, caminantes, etc., ya que el puente de Ruta Nacional N° 9 represente grave peligro por la cantidad de vehículos a gran velocidad.

Que, la ordenanza N° 132/18 hace referencia “que así mismo es competencia del municipio velar por la seguridad y ejercer la planificación…”

POR ELLO;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA SANCIONA COMO ORDENANZA:

ARTICULO 1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración del proyecto del Puente Ferrocarril de Lozano paralelo al Puente Ruta Nacional N° 9.

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Concejo Deliberante el estado de avance de la obra.

ARTICULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y cumplido; archívese. –

 

San Pablo, Sala de Sesiones, a los 22 días del mes de AGOSTO de 2.022.-

 

Juan Gabriel Cabezas

Presidente