BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 09/09/22
CONCEJO DELIBERANTE DE YALA
ORDENANZA N° 237/2.022 REFACCION DEL PUENTE FERROCARRIL DE LOZANO
VISTO
La importancia y necesidad de concretar la obra de refacción del puente ferrocarril de la localidad de Lozano, altura puente Ruta Nacional N° 9 intersección del Río Lozano.
CONSIDERANDO
Que, debido al crecimiento demográfico de la población del pueblo de Lozano, se hace necesaria la obra de refacción debido a que este puente es un nexo de comunicación entre zona norte y zona sur; y es así, que es transitado continuamente por adultos mayores, niños/as y en general.
Que, es utilizado a diario por deportistas, ciclistas, caminantes, etc., ya que el puente de Ruta Nacional N° 9 represente grave peligro por la cantidad de vehículos a gran velocidad.
Que, la ordenanza N° 132/18 hace referencia “que así mismo es competencia del municipio velar por la seguridad y ejercer la planificación…”
POR ELLO;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA SANCIONA COMO ORDENANZA:
ARTICULO 1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración del proyecto del Puente Ferrocarril de Lozano paralelo al Puente Ruta Nacional N° 9.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Concejo Deliberante el estado de avance de la obra.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y cumplido; archívese. –
San Pablo, Sala de Sesiones, a los 22 días del mes de AGOSTO de 2.022.-
Juan Gabriel Cabezas
Presidente