BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 07/09/22

El Dr. Enrique Rogelio Mateo- Vocal, Presidente de trámite en la Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalía N° 4 en el Expte. N° C-202054/2022, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: RODRIGUEZ, MARCELO SILVANO c/ ESTADO PROVINCIAL” procede a notificar el siguiente decreto: Despacho 06 de Junio del 2022, que en el día de la fecha conforme lo dispuesto por las Acordadas N° 18/22 y 86/20 procedo a formar EXPEDIENTE ELECTRONICO MIXTO. Que se procede a reservar en caja fuerte UN (1) CD acompañado con escrito N 267796.Informo a su vez que el Dr. Diego German Roldán Ruiz Díaz no dio cumplimiento con el pago de aportes ley y que en el expediente C- 117826/18, “Diligencias Preparatorias…”, a fs. 133 se encuentra ficha parcelaria que indica como única colindante a la Sra. Armella de Rodríguez Carmen. San Salvador de Jujuy, 06 de Junio del 2022. I.- Proveyendo al escrito de fs. 13/17, téngase por presentado al Dr. Diego German Roldán Ruiz Díaz, por parte y por constituido domicilio legal, en representación del Sr. Marcelo Silvano Rodríguez, a mérito de la fotocopia juramentada Poder General para juicios que obra a fs. 2/3vta y y ampliación en escrito Nº 267796. Agréguese el Cd. que acompaña y resérvese en caja fuerte. II.-Córrase TRASLADO de la demanda y de la ampliación del escrito Nº 267796 al ESTADO PROVINCIAL en el domicilio denunciado para que conteste en el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de ley. III.- A fin de dar cumplimiento con lo previsto por el Art. 1905 del C.C.C., líbrese oficio a la Dirección Provincial de Inmuebles para que proceda a la ANOTACIÓN DE LITIS sobre el Inmueble individualizado como Parcela 1, Circunscripción 2, Sección 2, Padrón I-1006, Ubicado en Finca Hornillo Dto. Maimará, Provincia de Jujuy. IV.- Citase a la MUNICIPALIDAD DE MAIMARA en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del juicio, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V.-Atento al informe actuarial, intímese a la parte actora para que en el término de cinco días informe los nombres de lo colindantes del inmueble a prescribir. VII.- Citase y emplazase por edictos a quienes se consideren con derecho sobre la Fracción de Terreno del Inmueble individualizado como Parcela 1, Circunscripción 2, Sección 2, Padrón I-1006, Ubicado en Finca Hornillo Dto. Maimará, Provincia de Jujuy. VII.- Colóquese el CARTEL INDICATIVO con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486. VIII.- Impónese al letrado la carga de confeccionar la diligencia correspondiente debiendo adjuntar las mismas de forma colaborativa en el Sistema de Gestión Judicial. IX.-Atento el informe actuarial que antecede, intímase al Dr. Diego German Roldán Ruiz Díaz para que en el plazo de cinco días dé cumplimiento con el pago de aporte inicial (Art. 22 inc. C – Ley 4764/96), estampilla profesional (Ley 3329/76), estampilla previsional, bajo apercibimiento de aplicar una multa de $250 por cada día de demora; y a acreditar en autos el pago de $500 (Ley 6003- Anexo V- Art. 13 inc. b.- monto fijo) en concepto de tasa de justicia, bajo apercibimiento de comunicar los organismos pertinentes. XI. Notifíquese por cédula. C.I. Dr. Enrique Rogelio Mateo – Juez – Ante Mi Dra. Marcela Vilte- Secretaria. San Salvador de Jujuy, 23  de   junio  de 2022.-

 

07/09/12 SEPT. LIQ. Nº 29578 $1.350,00.-