BOLETÍN OFICIAL Nº 96 – 29/08/22

Adenda al Contrato de Transferencia de Cuotas Sociales.- Entre el Sr. LUIS DANIEL MIRANDA, argentino, mayor de edad, D.N.I 27.160.874, comerciante, con domicilio en calle Fray Justo Santa María de Oro Nº 2878, Manzana 106, Lote 3 –Bº 9 de Julio, Libertador General San Martín, Ledesma, nacido el 26 de junio de 1979, soltero, y el Sr. CÉSAR  ISMAEL MIRANDA, DNI 23.336.174, argentino, mayor de edad, nacido el 11 de febrero de 1974 casado en primeras nupcias con Silvia Susana Santos DNI 22.534.519 comerciante, con domicilio en calle Ocloyas Manzana 322, Lote 42 S/N, La Loma, Libertador General San Martín, Ledesma, acuerdan en celebrar la presente ADENDA AL CONVENIO DE CESIÓN, VENTA Y TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES correspondientes a la firma “MIRANDA Y CIA S.R.L.”,  celebrado oportunamente. PRELIMINAR: Ambas partes manifiestan que han celebrado un convenio de cesión, venta y transferencia de cuotas sociales de la firma Miranda y Cia SRL en fecha 6 de julio de 2021 y que han iniciado el trámite correspondiente a los fines de obtener su inscripción ante el Registro Público de la Provincia de Jujuy, el cual tramita en Expte. 301-100-2021 caratulado: “Miranda y C SRL  s/Solicita inscripción de modificaciones de contrato social” proceso en el cual se formuló una observación relacionada con la cantidad de cuotas transmitidas indicándose que al ser indivisibles resultaba improcedente la transmisión de 16.66% cuotas ordinarias. Por lo que a los efectos de subsanar tal situación se celebra la presente adenda únicamente a los efectos de modificar el artículo primero del contrato el cual quedará redactado de la siguiente manera: PRIMERA: El Sr. LUIS DANIEL MIRANDA, en el carácter de “cedente”, VENDE Y TRANSFIERE a favor del Sr CÉSAR  ISMAEL MIRANDA, en su carácter de “adquirente”, 16 CUOTAS ORDINARIAS de un valor nominal de $100 (CIEN PESOS) cada una y con derecho a UN VOTO por cada cuota social, de la firma Miranda y Cia S.R.L.” equivalentes al 16% sobre el total del capital social de las que el transmitente es titular, así como de todos los derechos que el cedente tiene o le pudieran corresponder sobre las cuotas sociales que por este acto hace entrega.- En prueba de conformidad, y para constancia de las partes intervinientes, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto, a los catorce días del mes de junio del año dos mil veintidós, en la ciudad Libertador General San Martín, Provincia de Jujuy.- ACT. NOT. Nº B 00688194- ESC. GONZALO IGNACIO TORO- TIT. REG. N° 76- L.G. SAN MARTIN- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 527-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-100/2021- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 16 de Agosto de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

29 AGO. LIQ. Nº 29018 $659,00.-