BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 26/08/22
Cesión Gratuita de Cuotas Sociales y Modificación de Contrato.- Entre Don EMILIANO RODRIGUEZ, argentino, D.N.I. Nº 36.183.239, CUIT Nº 20-36183239-7, nacido el día 22 de Julio de 1993, soltero, Contador Publico Nacional, domiciliado en calle Padre Marcelo Gottig n° 682 2 po Dpto. 15, de esta Ciudad, departamento Doctor Manuel Belgrano, de esta Provincia; llamado en adelante “EL CEDENTE” por una parte y por la otra parte Doña BELEN RODRIGUEZ, argentina, D.N.I. Nº 40.152.613, CUIT Nº 27-40152613-2, nacida el día 22 de Enero del año 1997, soltera, comerciante, domiciliada en calle Necochea Nº 250, de esta Ciudad; llamada en adelante “LA CESIONARIA”; ambos mayores de edad, hábiles para contratar, convienen en celebrar el presente Contrato de CESION GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES Y MODIFICACION DE CONTRATO el que se regirá por el articulado que a continuación se especifica: PRIMERO: Don Emiliano Rodríguez, en su carácter de socio de la Sociedad “ECSA S.R.L.”, CUIT Nº 33-71219942-9, según los siguientes instrumentos: a) Del Contrato de Constitución, suscripta por Escritura número 221 de fecha 30 de Setiembre de 2011; b) De la Complementaria – Modificación Parcial del Contrato Constitutivo, suscripta por Escritura número 232 de fecha 11 de Noviembre de 2011; ambas escrituras autorizadas por la Escribana de esta Ciudad Doña María Verónica Cuadri Escudero, Titular del Registro número Nueve, inscriptas en el Registro Público de Comercio de esta Provincia al Folio 118, Acta Nº 118, Libro IV de S.R.L. y Registrado con copia, bajo Asiento Nº 120, al Folio 874/883 del Legajo XVI – Tomo V del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 20 de Diciembre de 2011; c) De la Cesión de Cuotas Sociales suscripta mediante Escritura número 99 de fecha 17 de Mayo de 2012, autorizada por la Escribana de esta Ciudad Doña María Verónica Cuadri Escudero, Titular del Registro número Nueve, Registrada en el Registro Público de Comercio de esta Provincia con copia, bajo Asiento Nº 62, al Folio 385/387 al Legajo XVI – Tomo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 13 de Noviembre de 2013; d) De la Cesión de Cuotas Sociales suscripta en esta Ciudad mediante instrumento privado de fecha 01 de Junio de 2013, Registrada en el Registro Público de Comercio de esta Provincia con copia, bajo Asiento Nº 34, al Folio 271/273 al Legajo XVII – Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 10 de Junio de 2014; e) De la Cesión de Cuotas Sociales suscripta mediante Escritura número 151de fecha 31 de Julio de 2015, autorizada por la Escribana de esta Ciudad Doña María Verónica Cuadri Escudero, Titular del Registro número Nueve, Registrada en el Registro Público de Comercio de esta Provincia con copia, bajo Asiento Nº 63, al Folio 550/552 del Legajo XVIII- Tomo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 20 de Noviembre de 2015; por este acto CEDE Y TRANSFIERE GRATUITAMENTE a favor de Doña Belén Rodríguez y ésta acepta QUINIENTAS CUOTAS DE CAPITAL de Pesos: Cien ($ 100,oo) cada una, representativas del Cincuenta por ciento (50 %) del Capital Social, que tiene y le corresponde en la firma “ECSA S.R.L.”, o sea la totalidad de sus cuotas sociales.- La Titularidad de dichas cuotas sociales surgen del Contrato Social y sus modificaciones antes mencionados.- SEGUNDO: En tal virtud, EL CEDENTE Don Emiliano Rodríguez transfiere gratuitamente a favor de Doña BELEN RODRIGUEZ, las Cuotas Sociales que le corresponden como titular, quedando ésta última por lo tanto subrogada en todos los derechos del Cedente, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley de Sociedades Comerciales.- TERCERO: La Cesionaria Doña Belén Rodríguez acepta la Cesión realizada a su favor por Don Emiliano Rodríguez, de las cuotas sociales, en las condiciones pactadas, continuando la primera como socia de la firma “ECSA S.R.L.” en proporción de su Capital.- CUARTO: El Cedente declara que los Derechos y/o cuotas de capital cedidos, no se encuentran embargados, que no reconoce ninguna clase de gravámenes, y que el mismo no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes, respondiendo Civil y Penalmente por sus declaraciones.- QUINTO: Por lo tanto la participación societaria queda de la siguiente manera: Don Joaquín Rodríguez, con Quinientas (500) cuotas de Capital de Pesos: Cien ($100,oo) cada una, lo que hace un total de Pesos: Cincuenta mil con 00/100 ($50.000,oo), representativas dichas cuotas sociales del cincuenta por ciento (50%) del Capital Social; y Doña Belén Rodríguez, con Quinientas (500) cuotas de Capital de Pesos: Cien ($100,oo) cada una, lo que hace un total de Pesos: Cincuenta mil con 00/100 ($50.000,oo), representativas dichas cuotas sociales del cincuenta por ciento (50%) del Capital Social.- SEXTO: Don JOAQUIN RODRIGUEZ, argentino, D.N.I. Nº 36.424.630, CUIL Nº 20-36424630-6, nacido el día 30 de Diciembre del año 1994, como socio de la firma “ECSA S.R.L.” por la presente, manifiesta su más absoluta conformidad, aceptación y consentimiento a la presente Cesión realizada por Don Emiliano Rodríguez a favor de Doña Belén Rodríguez.- SEPTIMO: Don Emiliano Rodríguez, manifiesta que se retira y renuncia a continuar como socio de la sociedad, por cuanto ha cedido mediante la presente la totalidad de sus cuotas sociales.- OCTAVO: Don Joaquín Rodríguez y Doña Belén Rodríguez, ya como únicos socios de la Sociedad “ECSA S.R.L.”, de común acuerdo resuelven: Que la Administración y representación de la sociedad será ejercida por Don JOAQUIN RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 36.424.630, quién revestirá el carácter de Socio Gerente y tendrá la representación legal, obligando a la sociedad mediante su sola firma.- Durará en su cargo durante el plazo que dure la sociedad a partir de la inscripción de la presente, pudiendo ser removido antes de dicho plazo, únicamente por justa causa.- Limitación: Para disponer o gravar bienes inmuebles o bienes muebles registrables será necesaria la firma indistinta de uno cualquiera de los Socios, en el instrumento respectivo”.- NOVENO: Don Joaquín Rodríguez y Doña Belén Rodríguez por la presente DECLARAN BAJO FE DE JURAMENTO, que: a) Que la actual Sede Social funciona en calle Pachi Gorriti Nº 1181, de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital del departamento Doctor Manuel Belgrano, de esta Provincia de Jujuy, según Acta de Reunión de socios de fecha 21 de Agosto de 2019.- b) NO se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la UIF (Resolución Nº 11/2011 y sus modificaciones), además asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- c) Que el Correo Electrónico de la firma “ECSA S.R.L.” es ecsasrljujuy@gmail.com.- DECIMO: Quedan subsistentes y en plena vigencia todas las cláusulas del contrato originario y sus modificaciones en cuanto no se modifique por el presente.- DECIMO PRIMERO: Se autoriza en este acto a Doña María Silvina Blasco, argentina, con D.N.I. Nº 23.984.712 y/o al Escribano Juan Pablo González Cernuschi, para que en forma indistinta, tramiten la inscripción de este contrato en Fiscalía de Estado de esta Provincia y demás organismos estatales, nacionales, provinciales o municipales, que sea menester, facultándolo para aceptar cambios, modificaciones o sustituciones de sus cláusulas en cumplimiento del objetivo encomendado.- DECIMO SEGUNDO: Para todos los efectos legales, judiciales, extrajudiciales y demás obligaciones de este contrato, las partes se someten desde ya a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, de esta Provincia, a los mismos fines constituyen domicilio especial en los lugares indicados al principio.- Bajo los doce artículos que anteceden, las partes dan por celebrado el presente convenio, obligándose a su fiel cumplimiento, con arreglo a derecho, firmándose dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los diez días del mes de Noviembre del año dos mil veintiuno.- ACT. NOT. Nº B 00690401- ESC. JUAN PABLO GONZALEZ CERNUSCHI- TIT. REG. N° 92- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 507-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-482/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 5 de Agosto de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
26 AGO. LIQ. Nº 29470 $659,00.-