BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 23/12/15

Icon_PDF_6LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5890

“ESTATIZACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGÜES CLOACALES”

ARTÍCULO 1.-Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial para llevar a cabo la transformación de la Empresa Agua de los Andes S.A. en una empresa pública de propiedad del Estado Provincial que se denominará Agua Potable y Saneamiento de Jujuy, la que tendrá a su cargo la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales dentro de un plazo de ciento ochenta días prorrogables por única vez por parte del Poder Ejecutivo Provincial por igual plazo.-

ARTÍCULO 2.-Facúltese al Poder Ejecutivo Provincial para instrumentar la extinción y liquidación de Agua de los Andes S.A. como así también para disponer lo necesario para atender las consecuencias jurídicas y de hecho que deriven de la presente Ley.

ARTÍCULO 3.-Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial para llevar a cabo la Creación y Organización de la Empresa Pública Agua Potable y Saneamiento de Jujuy en el ámbito del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda con las atribuciones y competencias necesarias para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales.

ARTÍCULO 4.El personal que actualmente se desempeña bajo relación de dependencia en la Empresa Agua de los Andes S.A. y que oportunamente pasará a prestar funciones en la empresa pública mencionada, mantendrá la situación jurídica en la que se encuentra y los derechos y obligaciones vigentes a la sanción de la presente Ley.

ARTÍCULO 5.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de Diciembre de 2015.-

 

Dr. Javier De Bedia

Secretario Parlamentario

Legislatura de  Jujuy

 

CPN Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE Nº 200-300/2015

CORRESPONDE A LEY 5890

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 DIC.2015

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Hacienda y Finanzas y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

CPN. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR