BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 22/08/22
Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria N° 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a JORGE OCTAVIO RIVAS, D.N.I. N° 32.492.961, que en el Expte. N° C-154066/19, caratulado: “EJECUTIVO: CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY (C.A.P.S.A.P.) C/ RIVAS, JORGE OCTAVIO ”, se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 03 de febrero de 2020.- 1) Téngase por presentado al Dr. Jorge Eusebio García, en nombre y representación de la Caja de Asistencia y Previsión Social de Abogados y Procuradores (C.A.P.S.A.P.), a mérito del Poder General para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada acompaña. Por constituido domicilio legal y por parte.- 2) De conformidad a lo previsto por los Art. 472 y 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. JORGE OCTAVIO RIVAS, D.N.I. N° 32.492.961 por la suma de PESOS DIEZ MIL OCHENTA CON 77/100 CENTAVOS ($10.080,77) en concepto de capital, con más la de PESOS TRES MIL VEINTICUATRO CON 23/100 CENTAVOS ($3.024,23), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio… 5) Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades inherentes del caso.- 6) La confección de la diligencia dispuesta precedentemente se encuentra a cargo de la parte interesada a tenor del cumplimiento del deber de colaboración (Art. 50 y 72 del CPC). 7) Notifíquese por cedula.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez – Ante mí: Dra. María Eugenia Pedicone- Prosecretaria Tec. De Juzgado.- “Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 06 de Julio de 2022.-
17/19/22 AGO. LIQ. Nº 29317 $1.350,00.-