BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 22/08/22
La Dra. ALEJANDRA M. L. CABALLERO, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. N° C-108.578/18 caratulado: “PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE INMUEBLE: VELASQUEZ CHOQUE, ISIDRO c/ GIACOPPO, SERGIO EDUARDO Y OTRO“, notifica a los interesados que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, ubicado en Las Cañadas, Finca El Totoral, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, individualizado como PARCELA 618, PADRÓN B-14229, CIRCUNSCRIPCION 4, SECCIÓN 3, MATRÍCULA B-9574, de la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 16 .de junio de 2021. 1. Proveyendo la presentación del Dr. DANIEL GUALCHI (fs. 112), ténganse presentes los oficios debidamente diligenciados y dirigidos al Juez de Paz de Puesto Viejo y El Carmen (fs. 107/111), conforme lo ordenado a fs. 105 de autos. 2…. 3. Conforme lo solicitado por el prescribiente a fs. 104 y a fin de la debida traba de la Litis (art. 530 de la Ley n° 5486) , confiérase traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como Padrón B-14.229, Circunscripción 4, Sección 3, Parcela 618, Matricula B-9574, ubicado en Las Cañadas, Finca El Totoral, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, a SERGIO EDUARDO GIACOPPO, D.N.I. n° 11.160.457 y ATILIO MIGUEL ANTEL GIACOPPO, D.N.I. n° 17.153.444 y a quienes se consideren con derecho, en la forma de estilo, por el plazo de quince (15) días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art. 298 del C.P.C., Art. 531° del C.P.C. – Conf. modificación Ley 5486). A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordénase, asimismo, la exhibición de los edictos en el Juzgado de Paz de El Carmen, Provincia de Jujuy y en la Comisión Municipal de la misma localidad. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535° del C.P.C.- modif. Ley 5486). 4. Intímaseles para que, en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. Del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C. P. C.). 5… 6. Notifíquese (art. 155/6 del C. P. C.). Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero – Presidente de trámite. Ante mí: Dra. Liliana E. Chorolque-Secretaria”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Oficial y Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, de junio de 2021.-
19/22/24 AGO. LIQ. Nº 29262 $1.350,00.-