BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 22/08/22
DECRETO N° 2851-DYO-2022.-
Ciudad Perico, 29 de Julio de 2022.-
VISTO:
Las presentes actuaciones, mediante las cuales se gestionan las autorizaciones correspondientes para llevar adelante la Obra: CDI NUEVA CIUDAD-PERICO, a ejecutarse en el marco del Programa Nacional de “INFRAESTRUCTURA DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL”; y
CONSIDERANDO:
Que, obra Convenio de Adhesión suscripto entre la Secretaria de Obras Publicas del Ministerio de Obras Publicas de la Nación y la Municipalidad de Perico; mediante el cual el Gobierno Nacional otorga a la Municipalidad de PERICO, un financiamiento por la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 12/100( $ 49.743.955,12); para la ejecución de la obra mencionada, en el marco del Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil.
Que, se han incorporado en autos memoria técnica descriptiva, relevamiento fotográfico, estudio de suelos, computo métrico, análisis de precios, planillas de insumos, plan de trabajo, curva de inversión, planimetría general, planos de ubicación general, plantas, Certificado de No Inundabilidad, y Pliegos de Condiciones de Bases y Condiciones Particulares, etc.
Que, mediante Decreto N° 2705-DYO-2022 del Departamento Ejecutivo Municipal, se extendió el respectivo Certificado de Aptitud Técnica y se aprobó la documentación técnico-legal presentada para la ejecución del proyecto correspondiente a la Obra: CDI NUEVA CIUDAD-PERICO. Que, por su parte Asesoría Legal emitió dictamen de rigor, y concluyo que se encuentran delineados los procedimientos técnicos y que se cumplimentaron los pasos legales pertinentes según la Reglamentación y Legislación Vigente.
Que, es atribución de este Departamento Ejecutivo dictar el acto administrativo pertinente, tendiente a otorgarle el debido marco legal, ello conforme a las atribuciones que en tal sentido le confiere a la Carta Orgánica Municipal;
Por ello y en virtud de las facultades que le confiere la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE el llamado a LICITACION PUBLICA N° 01/2022 para la contratación y ejecución de la Obra: CDI NUEVA CIUDAD-PERICO, a ejecutarse en el marco Programa Nacional de “INFRAESTRUCTURA DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL”; para el día 24 de Agosto del año 2022, a horas 14:30, en el Salón de Intendencia, sito en calle Alberdi N° 460 de esta ciudad.-
ARTICULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones, de Especificaciones Especiales y de Especificaciones Técnicas y Generales, que como ANEXOS I, II, III, IV, V y VI, se incorporan al presente decreto, y disponer su remisión al Concejo Deliberante a los efectos pertinentes.-
ARTICULO 3°.- Los fondos para afrontar la erogación que demande la Licitación Pública N° 01/2022 autorizada por el presente Decreto, se atenderán con el Aporte de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 12/100( $ 49.743.955,12); otorgado a la Municipalidad de Perico, por la Secretaria de Obras Publicas del Ministerio de Obras Publicas de la Nación, en el marco del Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil.-
ARTICULO 4°.- Confórmese la Comisión de Pre adjudicación para la Evaluación y la recepción de ofertas correspondientes al proceso de contratación dispuesto en el artículo precedente, como así también la elaboración de toda la documentación que resulte necesaria a tales efectos.-
ARTÍCULO 5º.- Desígnese como integrantes de la Comisión de Preadjudicación creada en el artículo precedente a los Sres:
a.- Secretario de Gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.-
b.- Director de Compras del Departamento Ejecutivo Municipal.-
c.- Contador Municipal.-
d.- Director de Infraestructura del Departamento Ejecutivo Municipal.-
e.- Asesor Legal de la Municipalidad de Penco.-
ARTICULO 6º.- Establézcase que la adquisición de los Pliegos de Bases y Condiciones, de Especificaciones Especiales y de Especificaciones Técnicas y Generales, que rigen la presente contratación, no tendrán costo alguno, ello en razón de lo establecido por el Convenio suscripto con el Estado Nacional.-
ARTICULO 7º.- De conformidad con lo establecido por el Art. 73 del Decreto Acuerdo N 3716-H-1978, dispóngase la publicación del presente llamado a Licitación Pública, 5 veces consecutivas en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y 3 publicaciones consecutivas en un Diario de circulación local, con una anticipación de 15 días a la fecha estipulada por el artículo primero.-
ARTICULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 9º.- Remítase el presente decreto al Concejo Deliberantes a los fines dispuesto por el Art 71 Inc. 7 de la Carta Orgánica Municipal.-
ARTICULO 10º.- Regístrese. Comuníquese, Publíquese. Cumplido Archívese. –
Lic. Luciano Demarco
Intendente
19/22/24/26/29 AGO.-