BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 12/08/22

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE EL CARMEN

ORDENANZA N° 820/CD/2022.-

CIUDAD DE EL CARMEN, 24 JUN. 2.022.-

VISTO:

El Artículo 99 inc. b) de la ley Orgánica de Municipio N° 4.466, el Artículo 119 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO:

Que, por pedidos de varios docentes y familiares de estudiantes, existe la imperiosa necesidad de colocar un semáforo en la zona antes mencionada.

Que, no obstante ello resulta adoptar medida de seguridad complementarias para evitar los posibles accidentes de tránsito en dicha zona.

Que, es un lugar de egreso e ingreso   de  estudiantes, de todas las edades de nuestra ciudad, ya que se encuentra la escuela 412 Ingeniero Carlos Snopek.

Que, los reclamos  manifiestan  su preocupación por la situación de seguridad vial que les toca vivir cotidianamente frente a la cantidad de accidente que ocurre en ese sector.

Que, se trata de barrios  densamente poblado con alto movimiento de peatones y automovilista, esto último aprovechando la falta de semáforo y control circulan a  alta velocidad poniendo en riesgo la vida e integridad física de vecinos y alumnos que van al colegio

Que en nuestra ciudad, el incremento   automotor  se ha observado  notablemente, por lo cual se  requiere con urgencia la instalación de semáforo para  mejorar el tránsito.

POR ELLO:

EL CONCEJO DE LIBERANTE DE LA CIUDAD DE EL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA  N° 820/CD/ 2022

ARTÍCULO N° 1: Dispóngase la colocación de semáforos en las intersecciones de las Avenidas Antártida Argentina del Barrio 1º de Mayo y Corrientes e Hipólito Irigoyen del Barrio Villa María.-

ARTÍCULO N° 2: Los gastos que demanden la ejecución de la presente Ordenanza deberán imputarse a las partidas del Ejercicio anual presente o en su defecto incorporarse al Presupuesto del año 2023.-

ARTÍCULO N° 3: Previa toma de razón, pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y efecto. Regístrese Publicarse Cumplido Archívese.-

 

Dra. Gabriela F. Vega

Presidente