BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 12/08/22
EXPTE Nº 714-1047/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por el Dr. Carlos Eduardo Vega, CUIL 20-14353968-8, cargo categoría C (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional. Ley N° 4418. de la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, con el adicional por permanencia en guardia del 90 %, a partir del 3 de febrero de 2013.-
ARTICULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a las partidas presupuestarias “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Carlos Eduardo Vega, correspondiente al 90% sobre la categoría de ingreso, a partir del 10 de setiembre de 2016, por encontrarse prescriptos los periodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los artículos 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.-
EJERCICIO 2020
Le partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria.-
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR