BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 08/08/22
EXPTE Nº 660-475/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 OCT. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase la planta de Personal Permanente de la U.D.O. Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Jurisdicción.”P”, como se detalla a continuación:
CREASE.-
PERSONAL DE ESCALFON GENERAL – LEY N° 3161
CARGO | CATEGORIA |
1 | 9 |
5 | 12 |
14 | 15 |
17 | 18 |
7 | 21 |
9 | 24 |
CREASE –
PERSONAL DE ESCALFON PROFESIONAL – LEY N°4413
CARGO CATEGORIA
1 A-1
ARTICULO 2°.- Desígnase en el cargo Categoría 9, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, de la Planta de Personal Permanente de la U. de a “P l”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Jurisdicción “P”, a las personas enumeradas en el ANEXO I.
Desígnase en el cargo Categoría 12, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, de la Planta Permanente de la U. de O. “P1”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Jurisdicción “P” a las personas enumeradas en el ANEXO II.
Desígnase en el cargo Categoría 15, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, de la Planta Permanente de la U. de O. “P1”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Jurisdicción “P” a las personas enumeradas en el ANEXO III.
Desígnase en el cargo Categoría 18, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, de la Planta Permanente de la U. de O. “P1”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Jurisdicción “P” a las personas enumeradas en el ANEXO IV.
Desígnase en el cargo Categoría 21, Personal del Escalafón General Ley N°3161, Agrupamiento Administrativo, de la Planta Permanente de la U. de O. “P1”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Jurisdicción “P” a las personas numeradas en el ANEXO V.
Designase en el cargo Categoría 24, Personal del Escalafón General Ley N°3161, Agrupamiento Administrativo; de la Planta Permanente de la U. de O. – “P1”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Jurisdicción “P” a las.personas enumeradas en el ANEXO VI.
Designase en el cargo Categoría A-1, Personal del Escalafón Profesional Ley N° 4413, Agrupamiento Profesional, de la Planta Permanente de la U. de O. “P l”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Jurisdicción “P” a las personas enumeradas en el ANEXO VII.
ARTICULO 3°.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a efectuar las modificaciones presupuestarias y transferencias de créditos correspondientes a los fines del cumplimiento del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- Corno consecuencia de lo dispuesto, instrúyase a la, Dirección Provincial de Personal para que proceda a cumplimentar toda la documentación necesaria de los Agentes alcanzados por el presente.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de – Hacienda y Finanzas; y Desarrollo Económico y Producción.-
ARTICULO 6°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese – en forma sintética – en el -Boletín Oficial. Pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, y Dirección Provincial de Personal. Hecho, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a sus efectos. Cumplido, ARCHIVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR