BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 08/08/22

DECRETO Nº 5939-E/2022.-

EXPTE Nº 1053-900-21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales la Empresa Burgos Bus solicita pago de factura fuera de término por el periodo Diciembre/2020; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Educación gestiona el pago adeudado, cuyo gasto se ejecutó en anteriores ejercicios financieros, informando la Dirección Provincial de Presupuesto en intervención de competencia, que las partidas afectadas corresponden a deuda pública.

Que, es responsabilidad de los Ministros y Funcionarios, el cumplimiento en la ejecución del gasto, de las disposiciones vigentes, procedimientos, formas, contralor, ejecución y rendición.

Que, obran informes de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, respectivamente.

Que, rola dictamen de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado Organismo, del cual se desprende que corresponde efectivizarse el pago a la firma Burgos Bus por planillas complementarias de abonos docentes correspondientes al mes de diciembre de 2020.

Que, por Resolución N° 3847-E-2021, de fecha 22 de junio de 2021, se autoriza el pago a la Empresa Burgos Viajes -Viajes Especiales de propiedad del Sr. Llampa Edel Burgos, CUIT 20-11414668-5, por los servicios de transporte efectivamente prestados en el mes de diciembre del 2020 con imputación a la deuda pública.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente Administrativo N° 1053-900-21, caratulado: “NOTA S/N LA EMPRESA BURGOS BUS E/FACTURA FUERA DE TERMINO POR DICIEMBRE/2020”, cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26 “P/Pagos de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N° 6256/2021, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.-

ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR