BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 08/08/22

DECRETO Nº 5880-S/2022.-

EXPTE Nº 780-072/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 JUN. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2022 – Ley N° 6256, conforme se indica a continuación:

JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD

TRANSFIERASE DE:

U. de O.: R 1 MINISTERIO

Categoría               N° de Cargos

A (j-2)                     1

Agrup. Profesional

Ley N° 4418

Total                        1

A:

U. de O.: R6-01-02 HOSPITAL “PABLO SORIA”

Categoría N° de Cargos

A (j-2)                     1
Agrup. Profesional

Ley N° 4418

Total                        1

ARTICULO 2°.- Téngase por designado al Dr. Pablo Adrián González, CUIL 20-23439541-7, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R 6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 2 de mayo de 2019.‑

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N° 6256, que a continuación se

EJERCICIO 2022

La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-02 Hospital Pablo Soria.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán’ remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR