BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 08/08/22

Adenda Contractual de Modificación de Contrato “LAS VERTIENTES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.- Ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Doctor Manuel Belgrano, de la provincia de Jujuy, Republica Argentina, a los 19 días del mes de abril del año dos mil veinte uno entre los Sres. Don WILFREDO SORIANO, Argentino, mayor de edad; Documento Nacional de identidad número 23.728.571, CUIL 20-23728571-9, casado en primeras nupcias con ELSA ROSARIA VASQUEZ, Domiciliado en calle 7 de octubre S/N de la localidad de Olaroz Chico, Departamento de Susques, de profesión empresario Don HECTOR FORTUNATO SORIANO, Argentino, mayor de edad, Documento Nacional de Identidad 17.317.731, CUIL 20-17317731-4, casado en primeras nupcias con EMILIA CECILIA PUCA, domiciliado en calle S/N n° S/N, de la Localidad de Olaroz Chico, Departamento de Susques; de profesión empresario y Don ASENCIO MIGUEL SORIANO Argentino, mayor de edad, Documento Nacional de Identidad 23.728.600, CUIL 20-23728600-7, casado en primeras nupcias con MILAGRO NICASIA NIEVA , domiciliado en calle PASO DE JAMA S/N, de la Localidad de Olaroz Chico, Departamento de Susques de profesión empresario; reunidos en centro de Operaciones y oficinas de la empresa LAS VERTIETES sito en calle La Heras N° 690 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, han convenido en realizar ADENDA a la modificatoria de contrato de LAS VERTIENTES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la que se regirá por las cláusula y condiciones siguientes y ley de sociedades Comerciales N° 19.550.  Primero: que mediante la presente se deja asentado que se modifica la cláusula cuarta de modificación de contrato social que quedara redactado de la siguiente manera: CUARTA: Aumento de capital social, atento a lo normado en cláusula cuarta del contrato de constitución, los socios deciden aumentar el capital social de trescientos mil a ochocientos mil pesos argentinos, quedando el capital social fijado en suma de pesos argentinos OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00), acordando los socios que el valor de las cuotas sociales quedase determinado por un valor de cinco mil pesos argentinos ($5.000,00) cada una, siendo por ello el capital total dividido en ciento sesenta cuotas sociales. Suscripta por los socios en las siguientes proporciones: SESENTA Y CUATRO cuotas sociales representativo al cuarenta por ciento de cuotas sociales a favor del Sr Wilfredo Soriano, CUARENTA Y OCHO cuotas sociales representativo al treinta por ciento de cuotas sociales a favor del Sr Fortunato Soriano y un total de CUARENTA Y OCHO cuotas sociales representativo al treinta por ciento de cuotas sociales a favor del Sr. Asencio Miguel Soriano. En este acto los socios presentes que representan el cien por ciento (100%) del capital social, acuerdan que el reparto de las utilidades resultantes se hará a razón del porcentaje correspondiente para cada socio según la cantidad de cuotas sociales. Se conviene que el capital se podrá incrementar en el futuro cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. La Asamblea de socios con el voto favorable por unanimidad del capital aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión. Que las cuotas suscriptas como consecuencia del aumento del capital, se integran con los importes provenientes del monto que figura en los Estados Contables cerrados el 31 de Diciembre de 2019 como Resultados No Asignados, siendo estos asignados a los socios según acta social. Que dicha integración será de la siguiente manera y proporciones: el Sr. Wilfredo Soriano, realiza un aporte proveniente de distribución de resultados no asignados de trescientos veinte mil pesos argentinos ($320.000), el Sr Fortunato Soriano realiza un aporte proveniente de distribución de resultados no asignados de doscientos cuarenta mil pesos Argentinos($240.000), y el Sr. Asencio Miguel Soriano realiza un aporte proveniente de distribución de resultados no asignados de doscientos cuarenta mil pesos Argentinos ($240.000), quedando distribuidas las cuotas sociales según descripción supra.- ACT. NOT. Nº B 00624327- ESC. ANDREA RAQUEL ROMERO ZAMPINI- TIT. REG. N° 45- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 452-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-092/2021.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 05 de Julio de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

08 AGO. LIQ. Nº 29291 $659,00.-