BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 08/08/22

DECRETO Nº 5550-ISPTyV/2022.-

EXPTE Nº 600-241/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAYO 2022.-

VISTO:

La Ley Nº 6238, Decretos Acuerdos Nº 4760-ISPTyV/2021, Nº 4116-HF/2021; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 6.238 aprueba el “Plan Maestro Plurianual de Desarrollo 2021-2023” y el “Pliego Único de Bases y Condiciones Generales”, autorizando al Poder Ejecutivo Provincial a implementar él procedimiento de Concursos de Precios para la ejecución de las obras públicas que conforman el Plan.-

Que, por Decreto Acuerdo N° 4760-ISPTyV/2021, se faculta a los Ministerios, Secretarías, Organismos Autárquicos y Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, que sean designados por el Poder Ejecutivo Provincial, para llevar adelante los Concursos de Precios para ejecución de obras asignadas en el “Plan Maestro Plurianual de Desarrollo 2021-2023”.-

Que, por Decreto Acuerdo N° 4116-HF/2021 se dispone  la prohibición total de compra de bienes de capital en todas las unidades de organización dependientes de la Administración Pública Provincial, centralizada, descentralizada, entidades autárquicas y Sociedades del Estado, salvo previo y expreso visado del Ministro de Haciendas y Finanzas, con excepción de las que no superen el veinte por ciento (20%) del monto, fijado para las contrataciones directas y siempre que las unidades de organización cuenten con partidas presupuestarias para atender la erogación.

Que, resulta pertinente establecer el Ordenamiento para adquisición de equipamiento y bienes de capital necesarios, destinados a las obras a efectuarse en el marco del “Plan Maestro Plurianual de Desarrollo 2021-2023”

Por lo expuesto, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que la compra de equipamiento y y bienes de, capital necesarios paralas obras que se realicen en el marco del “Plan Maestro Plurianual de Desarrollo 2021-2023”, se regirán por el procedimiento de Concurso de precios; conforme Decreto Ley N° 159-H/G-57, y Decretos Acuerdo N° 3716-H-78 y Nº 4116-HF- 2021; debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicaron y rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR