BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 05/08/22
EXPTE Nº 412-058/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUL. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO PRIMERO LOZANO DIEGO HERNAN, D.N.I. Nº 29.707.935, Legajo Nº 14.473, de acuerdo a las previsiones del articulo 93º inc. c) de la Ley Nº 3758/81 modificado por el Decreto Nº 2810-G/01.-
ARTICULO 2º.- Dispóngase a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO PRIMERO LOZANO DIEGO HERNAN, D.N.I. Nº 29.707.935, Legajo Nº 14.473 por encontrarse comprendido en las disposiciones del articulo 14º inc. d) de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.-
ARTICULO 3º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, articulo 50º y ccs. de la Ley Nº 1886/48.-
ARTICULO 4º.-Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR