BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/22
EXPTE Nº 715-540/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.021 Ley N° 6213, Conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
E (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 1
CREASE:
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 1
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada en carácter de interina, a favor de la Dra. Milagros Vanina Alejandra Gómez, CUIL 27-34397045-0, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135 modif. N° 4418, para cumplir funciones de médica en la U. de O.: R 6-01-03, Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana, a partir del 3 de junio de 2.019 y hasta el llamado a concurso del mismo.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación del presente trámite se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.021, Ley N° 6213, que se indican a continuación:
EJERCICIO 2.021:
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud. Unidad de Organización R 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.-
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR