BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/22
DECRETO Nº 2808-G/2022.-
CIUDAD PERICO, 20 JUL. 2022.-
VISTO:
La Ordenanza N 1.565/2022 sancionada por Honorable Concejo Deliberante de Perica en fecha 14/07/2022
CONSIDERANDO:
Que el honorable Concejo Deliberarte de Perico ha procedido a sancionar la Ordenanza N° 1565/2 022, mediante la cual ratifica la creación de la Tasa por inspección de Seguridad Salubridad e Higiene en toda la jurisdicción de la Municipalidad de Perico.
Que la Tasa por Inspección de Seguridad Salubridad Higiene fue creada por Ordenanza Municipal en el año 2010.
Que la Tasa por inspección de Segundad Salubridad Higiene es la que se abona en todos los municipios por el control de la seguridad salubridad e higiene en locales y establecimientos dedicados a las actividades comerciales o industriales.
Que, conforme lo establecido por el Art. 67 Inc. 23 de la COM es facultad del Sr. Intendente Municipal adoptar, gestionar y resolver todo cuanto atañe a su gestión a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.
Que en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art 67 (inc. 2 y cc) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promúlguese la Ordenanza N° 1565/2 022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 05/05/2022.-
ARTICULO 2.- Comuníquese y remítase copia del presente a la Secretaria de Hacienda, Dirección de Rentas. Dirección de Inspectoría, a los efectos de arbitrar medidas tendientes a realizar las gestiones dispuestas por la norma promulgada.-
ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese at Excmo. Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido que fuera archívese.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente