BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/22
DECRETO Nº 2810-G/2022.-
Ciudad Perico, 20 de Julio de 2022.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1.566/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 14/07/2022;
CONSIDERANDO:
Que, el Honorable Concejo Deliberante de Perico ha procedido a sancionar la Ordenanza N°1.566/2022, mediante la cual autoriza al Ejecutivo Municipal la IMPOSICION DE NOMBRE AL BARRIO “SANTA LUCIA”, NOMINACION DE ARTERIAS Y NOMINACION DE LA PLAZOLETA, AL NUCLEO URBANO CONOCIDO COMO SECTOR OUCRA 50 VIVIENDAS”.-
Que, los vecinos de dicho sector, necesitan una debida identificación de los domicilios, para la realización de trámites, recepción de encomiendas entre otros.
Que, en función a lo establecido en el Art. 54 Inc. 11 de la Carta Orgánica Municipal del Consejo Deliberante”…Nominar avenidas, calles, plazas, parques, paseos, puentes, pasajes públicos en general y barrios de la ciudad”.
Que, se procede a designar Barrio SANTA LUCIA, al sector que se encuentra integrada por las manzanas números PA11 Y PA 12. Cuyas calles son : de Norte a Sur Avda. Lujan (existente) y Lola Mora (prolongación) y de Este a Oeste : San Patricio, San Jorge, San Isidro Labrador. Denominando Plazoleta” 13 de Diciembre” , al remanente del predio identificado como manzana PA11, Lote 1 ubicado entre las calles San Patricio ,esquina San Jorge y Avda. Lujan del barrio Santa Lucia.
Que, conforme lo establecido por el Art, 67 Inc. 23 de la COM, es facultad del Sr. Intendente Municipal, adoptar, gestionar y resolver todo cuanto atañe a su gestión a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.
Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 (inc. 2 y cc.) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 1.566/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 14/07/2022.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese y remítase copia del presente Decreto y de la Ordenanza promulgada a la Secretaria de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, y a la Secretaria de Gobierno, a los efectos correspondientes.-
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese al Excmo. Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido archívese.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente