BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 27/07/22
Dra. Elba Rita Cabezas, Juez de la Sala I Cámara Civil y Comercial de la Ciudad de San Salvador de Jujuy y Presidente de Tramite en el Expte. N° C-137105/19: caratulado: “EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y HONORARIOS: DELGADO, RAUL ANGEL y OTROS c/ LLAMPA DOMINGO BERNARDINO Y OTRO”, ordena se notifique al demando DOMINGO BENARDINO LLAMPA, la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Septiembre de 2020. I.- Al escrito de fs. 33: Téngase por presentado al Sr. IVAN MARCELO GUTIERREZ con el patrocinio letrado del Dr. Raúl Ángel Delgado. II.- Atento lo solicitado y conforme lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y ccs. del C.P.C., líbrese en contra de los accionados DOMINGO BERNARDINO LLAMPA y ROBERTO NEMECIO GUTIERREZ, en los domicilios denunciados a fs. 2, mandamiento de intimación de pago por la suma de $103.971 ($71.500 en concepto de capital correspondiente al actor IVAN MARCELO GUTIERREZ, $1.500 en concepto de capital correspondiente a los actores VICTORINO GUTIERREZ y NORMA LIDIA VALDIVIEZO, $23.768 en concepto de honorarios regulados al Dr. RAUL ANGEL DELGADO y $7.203 en concepto de honorarios regulados al Dr. RAFAEL ORTEGA, conforme sentencia que obra a fs. 232/237 de los autos principales), con más la cantidad de $ 31.191 calculada provisoriamente para acrecidas de la presente causa. En el mismo acto, cíteselo de REMATE para que en el perentorio término de cinco días, oponga excepciones legítimas si las tuviera, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Asimismo intímaselos para que en igual término constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de Ley III.- A tales fines, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso. IV.- Notifíquese. Fdo: Dra. Elba Rita Cabezas – Juez – Ante Mí: Dra. Ayme Lucia Apaza – Secretaria – Publíquese Edictos en Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrán por notificados a partir de la última publicación de los mismos (Art. 162 del C.P.C).- San Salvador de Jujuy, 21 de Mayo de 2.021.-
25/27/29 JUL. LIQ. Nº 27741 $1.350,00.-