BOLETÍN OFICIAL Nº 80 – 20/07/22

DECRETO Nº 5684-DH/2022.-

EXPTE Nº 765-087/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 MAY. 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la modificación de la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano; y,

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Ley N° 5875 “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo” se asigna a los Ministerios, Secretarías, Direcciones de su dependencia, las misiones y funciones que en cada caso corresponden;

Que, mediante Decreto N° 1-G de fecha 10 de diciembre de 2.019, se aprueba la estructura orgánico funcional de los distintos Ministerios que forman parte del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en vista de fortalecer las políticas públicas en cuanto al desarrollo social en la Provincia es necesaria la creación de la Coordinación de Gestión y Articulación del Interior la que dependerá orgánicamente de la Dirección Provincial de Gestión y Planificación de. Abordaje Integral del Ministerio de Desarrollo Humano;

Por ello, y en uso de sus facultades que les son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Modificase la Estructura Orgánico-Funcional de la Jurisdicción S MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO, y apruébese el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Como consecuencia del artículo anterior se modifica la planta de personal jerárquico de la jurisdicción MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO conforme se indica seguidamente:

  1. a) SUPRÍMASE
  • En la U. de O.: S 6- C Dirección Provincial de Protección Integral de las Personas Adultas Mayores, un (1) cargo Categoría 20 con Adicional Mayor Dedicación (33%), Escalafón General, Ley N° 3161, vacante.-
  • En la U. de O.: S 6 Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, un (1) cargo Categoría 22, Escalafón General, Ley N° 3161, vacante.-
  • En la U. de O.: S 6- A Dirección Provincial de Protección Integral de Niñez, Adolescencia y Familia, un (1) cargo Categoría 21, Escalafón General, Ley N° 3161, vacante.-

 

  1. b) CREASE
  • En la U. de O. S 1H Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Abordaje Integral, un (1) cargo de Coordinador de Gestión y Articulación del Interior, Escalafón Jerárquico Fuera de Escala

 

ARTICULO 3°.- Dejase establecido que el titular de la coordinación creada por el presente ordenamiento percibirá como remuneración la equivalente al cargo de “SUB DIRECTOR DEL PODER EJECUTIVO”.-

ARTICULO 4°.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones presupuestarias y transferencias de crédito necesarias a los fines de dar cumplimiento al presente decreto.-

ARTICULO 5°.- Una vez realizadas las trasferencias pertinentes, lo dispuesto en este decreto se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada por la Ley N° 6256 – Ejercicio 2022 a la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Social, Unidad de Organización 1H – Dirección Provincial de Gestión y Planificación de Abordaje Integral.-

ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 7°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, pase al Boletín Oficial para su publicación y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

 

ANEXO I

 

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR