BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 18/07/22
Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez de la Cámara Civil y Comercial, Sala II. Vocalía 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-172.556/21, caratulado: “DAÑOS Y PERJUICIOS: GASPAR, VICTOR ADRIAN y CORONEL, BELINDA MARIA DE LOS ANGELES c/ SORIANO, DALMACIO GILDO y ARIAS, PADRO RAFAEL”, se ha dictado el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY,19 de Mayo de 2022.- Atento el informe Actuarial que antecede y lo solicitado, dése por decaído el derecho a contestar la demanda a los herederos de quien en vida fuere PEDRO RAFAEL ARIAS.- Firme, se designará como representante de los herederos de quien en vida fuere PEDRO RAFAEL ARIAS al Sr. Defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa Civil.- Notifíquese por cédula y a los herederos de quien en vida fuere PEDRO RAFAEL ARIAS mediante EDICTOS, debiendo publicarse por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un Diario Local.- Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de los Edictos ordenados precedentemente.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina -Vocal- Ante mí: Dra. María Florencia Fiad- Pro Secretaria-.
13/15/18 JUL. LIQ. Nº 29023 $1.350,00.-