BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 30/12/15

Icon_PDF_6Dra. Marisa E. Rondon-Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria Nº 5 de la Provincia de Jujuy, hace saber a los herederos de Marcelino Modesto Portal DNI Nº 11.671.260 que en el Expte. Nº B-240511/10, caratulado: “Daños y Perjuicios: Padilla Manuel Román y Quispe Ester Mabel c/Sucesión de Rosario Portal”, se ha dictado la siguiente providencia:”San Salvador de Jujuy, 11 de marzo del 2015.Proveyendo al escrito de fs. 347 de autos: Téngase por contestada por la Sra. Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, la vista oportunamente conferida en tiempo y forma. Asimismo, atento a lo dictaminado en el escrito que antecede y a fin de evitar cualquier nulidad posterior (art. 14 del CPC), ordénase la notificación del decreto de fs.46 por edictos, publicándose los mismos en el Boletín Oficial, tres veces en cinco días, a los herederos de Marcelino Modesto Portal DNI Nº 11.671.260 para que se presenten a hacer valer sus derechos en este proceso en el término de CINCO DIAS contados desde la última publicación, bajo apercibimiento de designar al Defensor de Ausente (art.162 del CPC).Facúltese para su diligenciamiento al Dr. Vicente H. Apaza y/o la persona que el mismo designe. Notifíquese por cédula. Decreto de fs.46:“San Salvador de Jujuy 16 de Junio del 2011. Proveyendo el escrito de fs.40 de autos: Téngase por contestada por el Dr. Vicente Apaza la vista oportunamente conferida en tiempo y forma. No siendo parte en esta causa la Sra. Rosaria Portal toda vez que la misma no se encuentra demandada en este proceso, a la presentación efectuada por el Dr. Roberto Marcelo Mamaní a fs.36/37 de autos no ha lugar. Con costas. Difiriéndose la regulación de los honorarios profesionales hasta que existan elementos para hacerlo. Ordénase la recaratulación de la presente causa como Expte. Nº B-240511/10, caratulado: “Ordinario por Indemnización de Daños y Perjuicios: Manuel Román Padilla y Ester Mabel Quispe c/Sucesión de Rosario Portal”, con pase a Mesa General de Entradas para su toma de razón. Confiérase traslado de la demanda y su ampliación a los sucesores de Rosario Portal: Sres. Teodoro Portal, Froilán Portal, María Portal, Marcelino Modesto Portal, Agustín Obispo Portal, Juan Carlos Portal, Irma Neli Portal, Margarita Mercedes Portal, Liliana Sandra Portal, Florencia Padilla, Gabriel Orlando Portal, Leonor Beatriz Portal, Mirta Celia Portal, Héctor Rubén Portal, Lía Ana Martínez, Liliana Emilia Martínez y Oscar Victor Martínez, por el término de quince días con las copias respectivas y en los domicilios denunciados a fs.40 de autos, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere.(art. 298 del CPC). Intímeselos para que igual término constituyan domicilio legal en el radio de tres kilómetros del Juzgado bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de la Ley todas las resoluciones posteriores (art.52 del CPC).Dése debida participación al Ministerio de Menores. Notificaciones en Secretaria los días martes y/o jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Marisa Eliana Rondon -Juez, ante Proc. Marta J. B. de Osuna-Prosecretaria”.-San Salvador de Jujuy, 24 de Noviembre de 2015.-

 

28/30 DIC. 04 ENE./16 LIQ. Nº 122848 $210,00.-