BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 13/07/22

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO

ORDENANZA N° 014/2022.-

SAN ANTONIO, 02 JUN. 2022.-

Ref.: “ADHESION A LA LEY NACIONAL N° 27.510 MODIFICACION DE LA LEY DE TRANSITO N° 24.449, ADHERIDA MEDIANTE LA ORDENANZA 099/CM/2000”.

VISTO:

Las modificaciones de la Ley N° 24.449;

CONSIDERANDO:

Que nuestro municipio se encuentra adherida a la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449, a su reglamentación como así también a la Ley Provincial N° 4.870, mediante la Ordenanzas N° 099/CM/2000, corresponde, incorporar la presente modificación al sistema legal municipal.

En idéntico sentido, se procedió con otras normas nacionales que introdujeron modificaciones, sea actualización de mecanismo de procedimiento como incorporación de nuevos institutos para un mejor orden vial, en beneficio de todos los sanantoneños, otorgándose a todos los automovilistas una alternativa a la exhibición del seguro en formato papel, permitiéndosele en este caso hacerlo a través de su Smartphone, u otro dispositivo. Dispositivos que hoy en día gran parte de la comunidad posee, y visto la transformación tecnológica y que las compañías aseguradoras cada vez más priorizan la comunicación digital incluso a la hora de la emisión de los documentos pertinentes, imponiendo indirectamente a sus usuarios el deber de imprimir dichos documentos para su exhibición ante la autoridad, con la correspondiente reducción de los gastos de las compañías aseguradoras.

La Ley N° 27.510, sustituye el inciso c) del artículo N° 40 de la Ley N° 24.449, el quedó redactado de la siguiente forma: “c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo N° 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos.”

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTICULO N° 1: Adhiérase la Municipalidad de San Antonio, en todos sus términos a la Ley N° 27.510, modificatoria de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, a cuyo régimen se encuentra adherida mediante la Ordenanza N° 099/CM/2000.

ARTÍCULO N° 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, cumplido, archívese.-

 

C.P. Antonio M. Fermi

Presidente