BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 30/12/15

Icon_PDF_6Dra. Silvia E. Yecora-Juez- del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº C-006219/13, caratulado: “Ejecutivo: Carsa S.A.C.E.I c/ Ochoa Leandro Emanuel”, hace saber al Sr. Ochoa Leandro Emanuel”, que se ha dictado el siguiente proveído:”San Salvador de Jujuy, 13 de Mayo de 2.015.- Atento a las constancias de autos y lo solicitado en el escrito que antecede presentado por el Dr. Martin Meyer, notifíquese al demandado Sr. Ochoa Leandro Emanuel, las partes pertinentes del proveído de fs. 18, conforme lo prevee el art. 162 del .C.P.C. de la Provincia.- Para el caso que el demandado Sr. Ochoa Leandro Emanuel, no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).-Fdo. Dra. Silvia E. Yecora-Juez-Ante mi: Dra. Maria E. Del Grosso-Firma Habilitada.- es copia.-proveído de fs. 18:”San Salvador de Jujuy, 05 de Agosto del 2.013.- Por presentado el Dr. Meyer Oscar Martin, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de Carsa S.A.C.E.I, a merito del Poder Gral. para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada adjunta.- Atento a las constancias de autos, y a la demanda ejecutiva por cobro de pesos y lo dispuesto por los Arts. 472 Inc. 4°, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sr. Ochoa Leandro Emanuel, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago ejecución por la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.657,79) por capital reclamado, con mas la suma de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON NOVENTA CENTAVOS ($828,90) calculados provisoriamente para acrecidas y costas.-…Asimismo cítaselo de remate para que en el término de cinco (5) días, de notificado comparezcan a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante….Asimismo, intimase a la demandada para que en el mismo termino que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley todas las posteriores resoluciones que  se dicten (Art. 52 del C.P.C) .- Notifíquese (Art. 154 C.P.C). – Fdo Dra. Silvia E. Yecora- Juez-Ante mi: Dr. Gustavo M. Ibarra- Secretario.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy 13 de Mayo del 2015.-

 

23/28/30 DIC. LIQ. Nº 122674 $210,00.-