BOLETÍN OFICIAL Nº 75 – 08/07/22

CONTRATO DE CESIÓN DE CUOTAS.- Entre los señores HUGO JUAN VIOTTI, de nacionalidad argentino, de profesión farmacéutico, de estado civil casado, D.N.I. Nro. 17.111.271, con domicilio real en la calle 19 de abril N°661 2° piso departamento “D”, de esta Ciudad, por una parte, en adelante denominado VENDEDOR; por la otra la señora MONICA RUTH SAMUDIO, de nacionalidad argentina, de profesión farmacéutica, de estado civil divorciada, D.N.I. Nro. 18.540.835 con domicilio en la calle 9 de julio N° 135, B° Almirante Brown, de esta Ciudad, en adelante denominada LA COMPRADORA, también suscribe el presente el Sr. ROBERTO ANTONIO REINHOLD, argentino, comerciante, de estado civil divorciado, L.E Nro. 08.468.838, con domicilio real en la calle Güemes N° 1038, de esta Ciudad, quien lo hace en su carácter de socio comanditario de la razón social FARMACIA DEL PUEBLO SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, se conviene en formalizar el presente contrato de transferencia y venta de Cuotas Sociales, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:- PRIMERA: DEL OBJETO.- El VENDEDOR transfiere y vende por este acto a LA COMPRADORA y ésta acepta de conformidad, el 100% del capital comanditado que representa el cero coma cinco por ciento (05%) del capital Social, por la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00).- SEGUNDA: DEL PAGO.- Esta transferencia ha sido convenida y aceptada por las partes en la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00), suma que es abonada íntegramente en este acto, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago cancelatoria.- TERCERA: DE LA COMUNICACIÓN DE VENTA Y CONFORMIDAD DEL SOCIO COMANDITARIO.- El VENDEDOR en este acto comunica fehacientemente al socio comanditario Don ROBERTO ANTONIO REINHOLD su decisión de venta para que aquel pueda ejercer su derecho de preferencia, quien manifiesta que no hará uso del mismo, como así también el socio comanditario da por este acto su expresa conformidad a la cesión de cuotas celebrada mediante éste instrumento entre EL COMPRADOR y EL VENDEDOR.- CUARTA: ASENTIMIENTO CONYUGAL. CALLIERI IVANNA GABRIELA esposa de EL VENDEDOR y presente en este acto, presta su conformidad para la venta aquí pactada.- QUINTA: LA NUEVA COMPOSICION DEL CAPITAL SOCIAL. DESIGNADOR DE DIRECTOR TECNICO Y ADMINISTRADOR.- El capital comanditado, suscripto e integrado en su totalidad en dinero en efectivo por el socio comanditado Sra. MONICA RUTH SAMUDIO, representa el cero coma cinco por ciento (05%) del capital Social, y el capital comanditario continua representado el noventa y nueve coma cinco por ciento (99,5%) del capital social. Que a los efectos legales, los socios de la razón social FARMACIA DEL PUEBLO SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, resuelven por unanimidad designar como Directora Técnica de la sociedad a la Sra. MONICA RUTH SAMUDIO.- SEXTA: DEL CONOCIMIENTO Y MANIFESTACION DE VOLUNTAD.- Que por este acto la Sra. MONICA RUTH SAMUDIO, expresa que tiene debido y completo conocimiento del contrato constitutivo de la razón social FARMACIA DEL PUEBLO SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, como así también presta su conformidad a todas y cada una de las cláusulas del mencionado contrato.- SEPTIMA: Para todos los efectos legales que pudieran surgir del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de San Salvador de, renunciando a cualquier otro fuero o lugar que pudiera corresponderles, inclusive el FEDERAL, a cuyos efectos, ratifican los domicilios consignados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones, intimaciones, citaciones, y emplazamientos judiciales y/o extrajudiciales que se les efectuaren.- OCTAVA: Las partes facultan y autorizan al Dr. Martín Francisco Llamas para realizar todos los tramites y/o diligencias necesarias para lograr la inscripción de la presente cesión en el registro Público de la Provincia de Jujuy y su pertinente publicación en el boletín oficial, con facultades necesarias para aceptar modificaciones que se indiquen, firmando documentos públicos o privados que sean necesarios, interponer todos los recursos que las leyes procesales y de sociedades establecen, firmando escritos que sean necesarios para tal fin, como así cualquier otro tramite, gestiones y diligencias necesarias para el mejor desempeño de este mandato.- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, San Salvador de Jujuy, el día 14 de Marzo de 2017.- ACT. NOT. Nº B 00309069- ESC. MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA- TIT. REG. N° 32- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCIÓN N° 391-DPSC-2022- CORRESPONDE A EXPTE. N° 301-269/2022.- ORDENA LA PUBLICACIÓN POR UN DÍA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 21 de Junio de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO.-

08 JUL. LIQ. N° 29012 $1.000,00.-