BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 06/07/22
Escritura Numero Ciento Catorce- N° 114- Rectificatoria de Cesión de Cuotas Sociales; “MORA CALZADOS S.R.L.”; JOSE RICARDO MORALES a favor de LUCAS EXEQUIEL MORALES.- En esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los nueve días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno, Ante mí, Escribana Pública, María Celeste Pérez, Titular del Registro Número Noventa y uno, comparece por una parte José Ricardo MORALES, argentino, nacido el día nueve de Abril del año mil novecientos cuarenta y nueve, D.N.I. N° 5.264.983, C.U.I.L. N° 20- 05264983-9, viudo de sus únicas nupcias con Ester Beatriz Azulay, domiciliado en Pasaje Charcas N° 1087, Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad, de profesión empresario, y Lucas Exequiel MORALES, argentino, nacido el día siete de Agosto del año mil novecientos noventa y cinco, D.N.I. N° 37.729.264, C.U.I.L N° 20-37729264-3, soltero, domiciliado en calle El Sauce N° 61 Bario Los Perales de esta ciudad, de profesión comerciante, a quienes identifico de conformidad con el Artículo 306 inciso b del Código Civil y Comercial, doy fe.- INTERVENCIÓN: Y José Ricardo MORALES dice: Que comparece en el carácter de Socio de la razón social; MORA CALZADOS SR.L.; Sociedad de Responsabilidad Limitada; C.U.I.T. N° 30- 71460891-2, con sede Social en calle Belgrano N° 871 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, justificando la existencia de la entidad y el carácter invocado con la siguiente documentación: Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada, otorgado mediante Instrumento Privado de fecha dos de Septiembre del año dos mil catorce, y Acta de Modificación Contractual otorgado mediante Instrumento Privado de fecha dieciocho de Septiembre del año dos mil catorce, inscriptas en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, Folio 181, Acta 181 del Libro V de S.R.L. y registrado con copia, bajo asiento N 80, folio 712/718 del Legajo XIX – Tomo III del Registro de Escrituras Mercantiles S.R.L. de fecha diecinueve de Septiembre del año dos mil catorce, documento que en original tengo a la vista y en copia por mi certificada agrego al Legajo de Comprobantes como parte integrante de la presente.- Que mediante Escritura Pública numero cincuenta y cinco de fecha treinta de Noviembre del año dos mil veinte, autorizada por el Escribano Nicolás Granara, Titular del Registro número cincuenta y seis, José Ricardo MORALES, cedió a favor de Lucas Exequiel Morales las un mil Setecientos ochenta y dos (1782) Cuotas Sociales de las que era titular en la Sociedad antes mencionada.- Que en dicha escritura se consignó erróneamente el valor nominal de las cuotas sociales, siendo el correcto el de Pesos Cien cada una de ellas, y no de Pesos Doscientos noventa con cuarenta y seis centavos, por lo que el total cedido asciende a la suma de pesos Ciento setenta y ocho mil doscientos ($178.200). Por su parte Lucas Exequiel MORALES acepta la rectificatoria del valor de las cuotas sociales cedidas en los términos referidos, manifestando que tiene pleno conocimiento del estado financiero de la empresa.-Previa lectura y ratificación firman los comparecientes, todo por ante mí, Escribana Autorizante, doy fe.- Hay dos firmas que pertenecen a José Ricardo Morales y Lucas Exequiel Morales. Esta mi firma y sello notarial, Ante mi María Celeste Pérez.- Concuerda con su escritura matriz que pasó ante mí al folio trescientos treinta, del protocolo del corriente año, del Registro a mi cargo. Para Lucas Exequiel Morales, expido este Primer Testimonio, en una hoja de Actuación Notarial las que firmo y sello en el lugar y fecha de otorgamiento.- ESC. MARIA CELESTE PEREZ- TIT. REG. N° 91- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-
RESOLUCIÓN N° 346-DPSC-2022. CORRESPONDE A EXPTE. N° 301-295/2022. ORDENA LA PUBLICACIÓN POR UN DÍA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 03 de junio de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO.-
06 JUN. LIQ. N° $659,00.-