BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 05/10/05

Icon_PDF_6DECRETO ACUERDO Nº 3734 –H.-

Expte. Nº 500-857/05.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUN. 2005.-

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

 

ARTICULO 1º.- Modificase el  Articulo 2º del Decreto Acuerdo Nº 4711 –G-2002, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2º.- Dispónese que las Autoridades Superiores y Personal jerárquico Fuera de Escala dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, Administración Central, Organismo Descentralizados, Entidades Autárquicas, incluido Banco de Acción Social y Empresas del  Estado, no podrán percibir haberes, remuneraciones o retribuciones netas superiores a las indicadas en el Anexo I que forma parte integrante del presente”.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR